Andalucía permitirá a las ciudades fijar un máximo de alojamientos hoteleros y pisos turísticos por zonas
El anteproyecto de Ley de Turismo Sostenible obliga a una revisión urbanística antes de dar de alta una vivienda turística y fija sanciones de hasta 100.000 euros por ofertar plazas sin tener permiso o por excederse en el número de camas respecto a lo autorizado

Turistas en el centro de Córdoba / AJGONZALEZ / COR

El primer decreto con el que la Junta de Andalucía intentó habilitar mecanismos para que los ayuntamientos fijaran medidas contundentes contra la saturación de plazas de uso turístico en sus conjuntos históricos cumple un año con un balance desigual. Por un lado, el hecho de que la Consejería de Turismo a permitiese a las ciudades ejercer sus competencias habilitó a ayuntamientos como Cádiz, Granada o Sevilla a lanzarse a ejecutar medidas restrictivas basadas en la normativa urbanística y, al mismo, tiempo sirvió de base para una serie de convenios de colaboración que han permitido detectar en torno a 2.600 viviendas inscritas de forma irregular en las principales ciudades.
Sin embargo, en el otro lado de la balanza, el marco jurídico ha generado incertidumbre en los principales ayuntamientos lo que ha frenado o, al menos, ralentizado las medidas más contundentes. Además, el enfoque de la normativa sólo abordaba el problema de forma parcial: excluía a los alojamientos hoteleros de las posibles limitaciones y mantenía el funcionamiento del registro turístico como hasta ahora, es decir, basta con una declaración responsable para darse de alta en el registro, y todo el peso recae en la inspección posterior.
El resultado es que un año después, Andalucía cuenta con 141.536 viviendas turísticas con 743.816 plazas, lo que supone un 20% más que hace un año cuando se elaboró el decreto de la Consejería de Turismo. Además, hay 3.662 establecimientos hoteleros con 332.000 plazas y 2.407 apartamentos turísticos con 125.803 plazas en su conjunto, según los datos que constan en el registro andaluz de turismo.
La nueva Ley del Turismo Sostenible
En este escenario, un año después, la Junta de Andalucía ha aprobado el anteproyecto de su Ley de Turismo Sostenible que sí viene a establecer un marco jurídico claro en torno a las competencias que pueden ejercer los ayuntamientos en torno a las viviendas turísticas. Con este documento, las ciudades tendrán margen para ampliar sus medidas y los anuncios realizados hasta el momento por ciudades como Sevilla o Cádiz tendrán cobertura legal.
En primer lugar, la nueva normativa turística habilita a los ayuntamientos para elaborar un "plan de ordenación de los recursos turísticos" un concepto amplio que permitirá, de acuerdo con la redacción del articulado, "delimitar zonas y ámbitos turísticos, identificar necesidades de infraestructuras o servicios y, sobre todo, establecer una capacidad máxima de plazas de alojamiento que podrá desagregarse por zonas o tipos de servicios". Es decir, se podrá fijar un numerus clausus de plazas hoteleras, de apartamientos o de viviendas turísticas en una ciudad o en un conjunto histórico.
A esto se añade las viviendas turísticas entran de forma clara en la ordenación turística, al mismo nivel que hoteles o apartamentos turísticos y estos sólo se pueden implementar en suelos con catalogación turística o en aquellos residenciales que cuenten con informes específicos de compatibilidad, en el caso de las viviendas con fines turísticos.
"Para que una vivienda pueda ser alojamiento turístico será necesario que la ordenación urbanística haya previsto la compatibilidad de dicho uso con el residencial, así como disponer de licencia o declaración responsable de cambio de uso o utilización conforme a lo previsto en la legislación urbanística y en las ordenanzas municipales", recoge la normativa.
"Se está dando la posibilidad y cobertura al ayuntamiento en el marco de sus competencias que ordene en materia de alojamientos turísticos. En vía reglamentaria se procederá al desarrollo del artículo pero la principal finalidad es dar cobertura al Ayuntamiento", explican fuentes de la Consejería que apuntan que no se refiere a establecimientos de forma específica sino en su conjunto a los alojamientos turísticos.
Este nuevo marco normativo se complementa con otro apartado que figura en el articulado y que supone un salto cualitativo: se altera el sistema por el que hasta ahora se podía realizar la inscripción en el Registro de Turismo de Andalucía: Hasta ahora, en el caso de las viviendas turísticas bastaba con una declaración responsable por lo que el peso recaía posteriormente sobre la inspección. El nuevo anteproyecto de ley establece que "la inscripción en el registro se supeditará a la verificación del cumplimiento de la normativa urbanística". Es decir, se abre la puerta a un reglamento posterior permita una autorización previa en el caso de las viviendas con fines turísticos.
Las competencias de control de las viviendas turísticas quedan reservadas en su mayor parte en los ayuntamientos, dado que son ellos los que deben autorizar el uso en función de la ordenación urbanística. Aunque la Junta de Andalucía también tiene capacidad de control y de hecho fija un marco normativo con un incremento de las sanciones que van destinadas a aquellas personas o establecimientos que incumplan la normativa turística:
Se establece como infracción grave y, por tanto, con multas económicas de hasta 100.000 euros y la retirada de la autorización para ejercer la actividad, "la realización o prestación clandestina de un servicio turístico". También será no evitar la generación de ruidos propios del establecimiento o la "alteración de la capacidad de alojamiento de los servicios turísticos mediante la instalación de camas o la admisión de personas usuarios que difiera de lo especificado en la declaración responsable o en la comunicación previa y supere los límites reglamentarios.
El anteproyecto, no obstante, sólo ha iniciado su tramitación legislativa con su aprobación inicial en el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y ahora debe superar el proceso de exposición pública y el debate parlamentario por lo que aún resta tiempo hasta su entrada en vigor y puede sufrir distintas modificaciones.
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