Turismo prevé 300 multas al año por alojamientos y servicios ilegales y recaudará 7 millones con la nueva ley
La Junta estima que se multiplicará por cuatro la recaudación total por infracciones con el nuevo marco legislativo que establece una sanción mínima de 25.000 euros en estos casos

Turistas en Córdoba con maletas apartamentos turísticos viviendas turísticas / AJGONZALEZ / COR

Andalucía estrenará en los próximos meses su nueva Ley de Turismo de Andalucía. A partir de ese momento, la cuantía de las sanciones económicas se dispararán especialmente en el caso de los alojamientos o la prestación de servicios turísticos de forma clandestina, sin cumplir con la normativa. Si antes una infracción grave oscilaba entre 2.000 y 18.000 euros, ahora puede llegar hasta los 100.000 euros. En el caso de una muy grave el importe máximo puede llegar a los 600.000 euros.
Con este nuevo marco sancionador, la Junta de Andalucía ha elaborado un informe con una previsión de las sanciones que se van a aplicar en la comunidad autónoma con el nuevo marco legislativo y cuanto van a ingresar las arcas autonómicas. En total, sumando todos los conceptos con infracciones posibles, en 2025 la previsión de ingresos es de 1.149.489 euros. Para el momento en el que entre en vigor la nueva normativa (que se prevé que pueda ser en esta legislatura) la estimación supera los ocho millones de euros.
El cálculo se basa en el actual volumen de sanciones que se aplican con la ley actual de turismo. En 2024, el último año finalizado, se contabilizaron 528 expedientes sancionadores, de los cuales en torno a 278 se corresponden con situaciones de clandestinidad en la prestación de servicios turísticos como el alojamiento. En total, fueron 125 sanciones leves; 398 graves y 5 muy graves. Por provincias, Málaga concentró la mayor de los expedientes, casi 200 seguido de Granada con 113. Sevilla, pese a su actividad turística, se quedó en sólo 81 multas en ese ejercicio.
La Junta de Andalucía estima que la nueva Ley de Turismo de Andalucía no va a suponer un aumento de las sanciones pero sí de la cuantía que se recauda, especialmente en el caso de las multas por la prestación clandestina de servicios turísticos que van a pasar a tener un importe medio de 25.000 euros. Por este motivo, se estima que sólo por este concepto que se pueden ingresar siete millones de euros en el primer ejercicio de entrada en vigor de la nueva normativa.
Con el resto de infracciones incorporadas en la normativa, de carácter leve y muy grave, la previsión es que los ingresos el primer año de entrada en vigor de la ley alcancen los 1,2 millones de euros. En total, por tanto, más de ocho millones de euros.
Más inspección
La nueva Ley del Turismo de Andalucía, además, prevé establecer nuevos sistemas de inspección de los servicios turísticos. Para ello, a través de la Agencia Digital de Andalucía se va a realizar una adaptación de los recursos tecnológicos de los que dispone la Junta de Andalucía para aumentar su eficiencia en este ámbito concreto.
Del mismo modo, se van a desarrollar un sistema específico de gestión de los expedientes sancionadores adaptado a las necesidades y a la realidad del sector turístico con el objetivo de garantizar una mayor eficiencia en la aplicación de multas y en la recaudación.
Las sanciones
La principal infracción incluida como grave en la normativa, que supone una multa mínima de 25.000 euros, según las estimaciones de la Consejería de Turismo, es la realización o prestación clandestina de un servicio turístico. Del mismo modo, entran en esta categoría la falsedad en los datos de una declaración responsable o el incumplimiento de los requisitos en una instalación turística. También otras cuestiones como el intento de cobros superiores a los precios expuestos o las admisiones de reservas por encima de las plazas disponibles.
En cuanto a las infracciones muy graves, entran en esta categoría una restricción de acceso a un servicio turístico por motivos de raza, sexo o religión o incumplimientos graves en la explotación de las unidades de alojamiento turístico.
Las infracciones leves serán sancionadas con multas de hasta 10.000 euros; las graves podrán alcanzar los 100.000 euros y las muy graves se situarán en 600.000 euros. En aquellos casos en los que el expediente sancionador se corresponda con la prestación de servicios turísticos de forma clandestina la normativa fija una multa de entre 25.000 y 100.000 euros.
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