Andalucía se enfrenta al plan estatal por la obligación de blindar las VPO y de un depósito para las fianzas de alquiler
La Junta propone en sus alegaciones al Ministerio un plan de financiación estatal para la urbanización de suelos que permita ampliar el parque de viviendas

Obras, grúas, viviendas, Palmas Altas, Isla Natura, Sevilla, Junio 2025 / Jorge Jiménez / ECA

El Ministerio establece en su propuesta de plan de vivienda 2026-2030 dos nuevos requisitos para acceder a las distintas líneas de financiación que suman en el caso de Andalucía 1.190 millones de euros. Por un lado, un régimen de protección permanente para las viviendas protegidas que se construyan con recursos públicos estatales. Por otro lado, que en el caso de las ayudas al alquiler los contratos tengan sus fianzas en depósitos públicos, como el que en el caso de Andalucía tiene hasta el momento AVRA. Ambas exigencias son consideradas como una invasión de competencias autonómicas "contraria a la doctrina del Tribunal Constitucional" y que puede chocar con el anteproyecto de ley que entra ahora en tramitación en el Parlamento autonómico y han sido incluidas en la veintena de alegaciones presentadas por la Consejería de ante el Ministerio.
Régimen de protección
Andalucía ha relajado sensiblemente su posición en relación con el blindaje de las VPO. En su anteproyecto de ley, que inicia esta semana su tramitación en el Parlamento, planteaba inicialmente que se fijara en diez años el periodo mínimo para la descalificación, un margen que retiró en el siguiente borrador. En el último documento, a instancias del Consejo Económico y Social de Sevilla, estableció que "en ningún caso procede la descalificación de las viviendas protegidas promovidas directamente por la administración y financiadas por fondos públicos" y que en cualquier caso si se produce una venta en el mercado libre deberá "devolver todas las ayudas públicas que hubiera recibido el titular de la vivienda".
La nueva ley sólo establece la posibilidad de acogerse a esta medida y vender la VPO en el mercado libre en circunstancias "excepcionales y justificadas" siempre que se establezcan previamente "los requisitos que debe reunir el titular y la vivienda protegida y el plazo mínimo en que se puede proceder a la citada descalificación". Así, como recoge la Junta de Andalucía en su alegación al Ministerio "los proyectos normativos de la comunidad autónoma dan preferencia a la protección permanente o de larga duración en las viviendas protegidas"..
La interpretación del Ministerio es que se quedan fuera de esta protección permanente aquellos proyectos que se ejecuten con regímenes de cesión de uso o similares, de decir, los que cuentan con modelos de colaboración público privada. Y el plan estatal no quiere dejar ningún resquicio.
Por este motivo, establece que para acceder a la línea de financiación para ampliar el parque público los pisos deben destinarse al alquiler por un periodo mínimo de 50 años y que se financiará sólo "la promoción de aquellas viviendas protegidas que tengan calificación permanente en suelo privado, destinadas al alquiler o compraventa". Del mismo modo, exige que las ayudas a personas jóvenes para el alquiler con opción a compra se destinen a viviendas protegidas con la calificación de permanente.
Estas dos condiciones se consideran una "invasión inadmisible de competencias" que choca con la doctrina del Tribunal Constitucional. Por este motivo, en las alegaciones se ha solicitado que se retiren del proyecto de plan estatal.
Depósitos fianzas de alquiler
En el anteproyecto de ley que inicia esta semana su tramitación en el Parlamento andaluz, la Junta ha decidido retirar la obligatoriedad de que las fianzas de los contratos de alquiler se depositen en la agencia pública AVRA. La administración autonómica quiere desprenderse de esa responsabilidad prevista en la Ley de Arrendamientos Urbanos, de forma que los depósitos aportados por los inquilinos queden custodiados única y exclusivamente por los propietarios con quienes han firmado un contrato.
Sin embargo, este planteamiento choca con el nuevo plan estatal de vivienda que ha establecido como requisito para la concesión de cualquier ayuda al alquiler y para los contratos de arrendamientos que se suscriban en promociones financiadas con fondos públicos "el establecimiento efectivo de la obligación de que los arrendadores depositen la fianza del contrato en la administración autonómica". Es decir, que la aplicación de la ley andaluza haría inviable el acceso a las líneas de financiación al alquiler del nuevo plan estatal 2026-2030.
" Por consiguiente, ha de considerarse que la exigencia del depósito de fianzas prevista en la Disposición Adicional Séptima del Proyecto de Real Decreto por el que se regula el Plan de Vivienda 2026-2030 incurre en una invasión de las competencias de las comunidades autónomas y conculca el principio de jerarquía normativa al contradecir lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, y en virtud de lo anterior se solicita su eliminación", recoge la alegación registrada por la Junta de Andalucía.
Financiación
Además de estos dos aspectos el documento de alegaciones formulada por la Junta de Andalucía rechaza el reparto de la financiación del plan de vivienda 2026-2020 con un 60% para el Estado y un 40% para las comunidades autónomas. Por este motivo, pide que se plantee un modelo "flexible" y acorde con la situación económica de cada comunidad autónoma.
En este sentido, además, la Consejería de Vivienda solicita una medida que los promotores consideran clave para resolver el déficit de oferta residencial en Andalucía: una línea de financiación para la urbanización de suelos de vivienda protegida para poner en carga terrenos que necesiten aún un desarrollo. Todos los planes hasta ahora puestos en marcha en la comunidad autónoma están centrados en suelos ya urbanizados como la bolsa de 40.000 viviendas habilitada con los terrenos ofertados por las grandes ciudades.
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