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Temporal

Confirmado por la Aemet: Gibraleón sufrió un tornado con vientos de hasta 220 kilómetro por hora

El Ayuntamiento de Gibraleón comparte el informe de la Aemet, documento clave para las reclamaciones de los vecinos afectados

Vídeo | Viento en Gibraleón

José Manuel Álvarez Gómez/X

A. R. C.

HUELVA

La Agencia Estatal de Meteorología (Aemet) ha confirmado en un nuevo informe que el tornado IF2 que arrasó el municipio de Gibraleón (Huelva) el pasado 29 de octubre alcanzó rachas de hasta 220 km/h, un episodio extremo que dejó a su paso cuantiosos daños materiales y provocó la muerte de una persona tras el derrumbe de la estructura de un bar.

Informe clave para reclamaciones

Así lo indica el informe, consultado por Europa Press, y compartido en sus redes sociales por el Ayuntamiento de Gibraleón, señalando a los vecinos afectados por la tormenta que este documento es "importante a la hora de reclamar en sus procesos", toda vez que recuerda que pidió en aquel momento la declaración de zona gravemente afectada y está aún a la espera de la resolución.

Explica el informe que en la mañana del día 29 de octubre de 2025 existían "condiciones favorables" para "la ocurrencia de fenómenos de viento intenso de origen convectivo en el entorno de Gibraleón".

Trazo lineal del tornado

En este sentido, indica que los datos registrados "no explican la magnitud de los daños conocidos, que se alinean en una trayectoria lineal bastante definida". Por ello, "se estima probable que, en torno a las 10:00 horas del día 29 de octubre de 2025, "un tornado, de categoría mayor o igual a IF2, con vientos máximos estimados de al menos 220 km/h, haya sido el causante de los daños de mayor intensidad registrados en el municipio".

Señala que durante las primeras horas del 29 de octubre "un sistema convectivo muy activo asociado a una borrasca atlántica se desplazó por la costa sur de Portugal y penetró en la provincia de Huelva, dejando lluvias torrenciales y vientos muy fuertes en amplias zonas".

La Escala Fujita Internacional (IF-Scale) clasifica los tornados según la gravedad de los daños causados por sus vientos. La categoría IF2 se considera un tornado "fuerte" o "significativo".

La víctima mortal

Además, apunta que el daño "más grave" fue "la pérdida de una vida humana" a causa del derrumbe de una estructura de aluminio en la terraza de un bar en la calle Juan XXIII. Cabe recordar que un equipo sanitario del Servicio de Urgencias de Atención Primaria (Suap) junto a efectivos del 061 se desplazaron al lugar para atender al herido que presentaba un traumatismo craneoencefálico y que tuvo que ser reanimado por los sanitarios, consiguieron estabilizarlo y trasladarlo al Hospital Juan Ramón Jiménez de Huelva. Una vez en el hospital fue ingresado en la UCI, pero finalmente falleció después.

Archivo - Incidencias provocadas por el tornado en Gibraleón (Huelva) del 29 de octubre de 2025

Incidencias provocadas por el tornado en Gibraleón el 29 de octubre de 2025 / Francisco J. Olmo - Europa Press

Daños materiales generalizados

Prosigue el informe indicando que el resto de los daños consisten "principalmente" en árboles caídos -centenares de olivos derribados, grandes pinos tronchados o derribados, eucaliptos tronchados o derribados-, dos antenas de telefonía, "al parecer homologadas para soportar hasta 150 km/h", colapsadas, torres eléctricas colapsadas y cables rotos, muros derribados, tejados de chapa parcialmente volados, tejados de tejas muy dañados, grandes vigas desplazadas y retorcidas.

Petición de zona catastrófica

Ante estos daños, el Consistorio solicitó la declaración de zona gravemente afectada y ha informado de que, hasta el momento, se han recogido más de 50 solicitudes de ayudas por situaciones de emergencia o de naturaleza catastrófica con motivo de las lluvias y fuertes vientos.

Asimismo, ha recordado que estas ayudas van dirigidas a unidades familiares que hayan sufrido daños personales; unidades familiares que hayan sufrido daños materiales en su vivienda o enseres de primera necesidad; corporaciones locales; comunidades de propietarios para daños que afecten a elementos de uso común y titulares de establecimientos mercantiles, industriales o de servicios con un número de empleados igual o inferior a 50.

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