Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Las pensiones no contributivas suben en Andalucía: este es el complemento aprobado por la Junta para 2026

El Consejo de Gobierno autoriza que la subida sea del 3% para los 98.000 andaluces que reciben esta prestación que complementa la administración autonómica

Las pensiones no contributivas suben en Andalucía

Las pensiones no contributivas suben en Andalucía / LUIS TEJIDO / EFE

El Correo

El Correo

Sevilla

Las pensiones no contributivas y asistenciales suben en Andalucía este 2026. La Junta de Andalucía ha acordado incrementar en un 3% el complemento autonómico que concede a 98.000 andaluces que se encuentran en una situación de mayor vulnerabilidad. En total, la subida será de un 3%, algo por encima del IPC, hasta quedar en total en 192,04 euros.

Este complemento se abonará en un sólo pago en el primer trimestre de 2026 a través de una transferencia bancaria, sin que sea necesario que el afectado realice trámite alguno. Únicamente será requisito ser persona perceptora de pensión de jubilación o invalidez en sus modalidades no contributivas y tener esta condición a 31 de diciembre de 2025, así como tener la vecindad administrativa en territorio andaluz.

Pensiones aistenciales

En el caso de las personas beneficiarias del Fondo de Asistencia Social y del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos, la cuantía individual de estas ayudas se fija en 1.857,24 euros anuales y se abonarán en cuatro pagas a lo largo del año, que se harán efectivas e los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de 2026. Asimismo, se establece como requisito ser persona perceptora de esta pensión asistencial o tener reconocido el subsidio en el momento del abono y durante los tres meses inmediatamente anteriores a las fechas establecidas para su pago y residir en Andalucía.

Por este concepto, el número de personas beneficiarias de esta ayuda para 2025 es de más de 1.200 personas. Estas medidas ya se encuentran consolidades en el ejercicio actual y suponen la subida anual de esta ayuda social de carácter extraordinario en un porcentaje igual o superior a la variación que presenta el Índice de Precios al Consumo (IPC) del año anterior.

Las personas que reciben estas prestaciones carecen de los recursos necesarios para atender sus necesidades básicas de subsistencia y esta ayuda económica es distinta y compatible con las del Sistema de la Seguridad Social y con las que pueda otorgar la Administración General del Estado. Por este motivo, la Junta de Andalucía, en consideración a la cuantía de la prestación que reciben y su bajo nivel de rentas como colectivo en riesgo de exclusión, promueve el establecimiento de estos mecanismos complementario.

Por otra parte, el Fondo de Asistencia Social, con origen en 1981, quedó suprimido en 1992, por lo que únicamente perciben esta ayuda las personas que la tuvieran ya reconocida anteriormente. Asimismo, el Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos creado en 1982 fue derogado en 1991 con la salvedad de que las personas beneficiarias continuaran con el derecho de percepción siempre que siguieran reuniendo los requisitos exigidos y no optasen por pasar a percibir pensión no contributiva de la Seguridad Social

Tracking Pixel Contents