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Andalucía

El Consultivo considera anulable el contrato de la Junta con José Manuel Soto, aunque descarta suspenderlo

Según el órgano consultivo, en el momento de la firma la empresa beneficiaria no cumplía los requisitos formales, ya que el objeto social recogido en sus estatutos no coincidía con el objeto del encargo.

El cantante José Manuel Soto posa durante una entrevista con EFE.

El cantante José Manuel Soto posa durante una entrevista con EFE. / Fermín Cabanillas / EFE

El Correo

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El Consejo Consultivo de Andalucía (CCA) ha dictaminado que el contrato menor firmado por la Junta con el cantante José Manuel Soto para el proyecto Senderos del Rocío es anulable porque la empresa adjudicataria carecía de la “capacidad de obrar” exigida, aunque considera que no tiene sentido revocarlo al estar ya ejecutado y pagado.

El dictamen, preceptivo y vinculante, analiza el contrato de 14.762 euros suscrito para el diseño de una docena de rutas que, desde las ocho provincias andaluzas, confluyen en la ermita del Rocío, a semejanza del Camino de Santiago. Según el órgano consultivo, en el momento de la firma la empresa beneficiaria no cumplía los requisitos formales, ya que el objeto social recogido en sus estatutos no coincidía con el objeto del encargo.

El CCA recuerda que, aunque se trate de un contrato menor susceptible de adjudicación directa, debe cumplir con los requisitos legales y garantizar que el adjudicatario tenga la habilitación profesional adecuada para desarrollar el trabajo encomendado. En este caso, entiende que existió causa de nulidad por falta de capacidad de obrar.

No obstante, el Consejo concluye que carece de sentido revisar de oficio el contrato, ya que el encargo fue entregado conforme a lo pactado, recepcionado por la Administración y abonado en su totalidad. “No existen razones de interés público que justifiquen su anulación”, señala el dictamen, que compara la situación con contratar a alguien para una tarea distinta a su objeto social, pero que finalmente cumple con lo acordado.

El pronunciamiento incluye el voto particular de uno de los consejeros, que discrepa de la solución adoptada y sostiene que, si el contrato es anulable, debería restituirse la situación al momento previo a la adjudicación. Este dictamen se suma al archivo del expediente por parte de la Oficina Andaluza Antifraude en enero, tras la denuncia presentada por Por Andalucía, aunque el Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla mantiene abiertas diligencias sobre las ayudas concedidas al artista.

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