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Las rebajas fiscales para viviendas dañadas por el temporal en Andalucía se amplían: exenciones en el IBI y deducciones en el IRPF

Gobierno de España y Junta de Andalucía aprueban incentivos para los hogares de los municipios que más daños han sufrido por las borrascas

Viviendas dañadas en Grazalema

Viviendas dañadas en Grazalema / David Arjona / EFE

Javier Alonso

Javier Alonso

Sevilla

Las familias que hayan sufrido desalojos o destrozos en sus viviendas por el temporal tendrán derecho a nuevas rebajas fiscales este 2026. El Gobierno de España y la Junta de Andalucía han anunciado ya sus medidas que afectarán a los principales tributos como el IBI, el IAE o el IRPF. Para ello deberán acreditar que han tenido que abandonar sus inmuebles o que se han visto afectados por las borrascas.

Todas estas medidas son complementarias y compatibles con las ayudas directas e inversiones incluidas en los planes extraordinarios impulsados por el Gobierno de España y por la Junta de Andalucía valorados en casi 9.000 millones de euros y que tienen como destinatario principal al campo andaluz.

El paquete autonómico lo aprobará este miércoles el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía con nuevas deducciones del tramo autonómico dirigidas a las familias que han sufrido destrozos en sus viviendas. Concretamente, está previsto una rebaja en el IRPF por las reformas en viviendas dañadas, otra por la compra de viviendas si ha sido necesaria la sustitución y, por último, otra por los alquileres si han tenido que recurrir a un arrendamiento temporal. Estas medidas tienen un ámbito de actuación de toda la comunidad autónoma aunque están diseñadas para los municipios que más han sufrido como Jerez, Córdoba, Grazalema o Ubrique. "Es un paquete de medidas eficaces y realistas que ayuden a los andaluces a recuperar la normalidad", apuntó la consejera de Hacienda, Carolina España.

Paquete de medidas del Gobierno central

Las medidas del Gobierno de España las publicó en el BOE el pasado 19 de febrero. En primer lugar, todas las viviendas están exentas del pago cuando se acredite que han resultado dañados o que han sido objeto de desalojos por las borrascas. Esta medida se aplica en términos similares para los inmuebles de naturaleza rústica titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas.

En cuanto al Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se aplica una reducción a las industrias de cualquier naturaleza, establecimientos mercantiles, marítimo-pesqueros, turísticos y profesionales cuyos locales de negocio o bienes afectos a esa actividad siempre que se acredite que hayan resultado dañados o hayan sido objeto de desalojo como consecuencia directa de las situaciones catastróficas a que se refiere el presente real decreto-ley hasta la reparación de los datos sufridos.

"Los contribuyentes que, teniendo derecho a los beneficios establecidos en los apartados anteriores, hubieran satisfecho los recibos correspondientes a dicho ejercicio fiscal, podrán pedir la devolución de las cantidades ingresadas", recoge el BOE dando así margen para reintegros de importes ya abonados.

Asimismo, las personas afectadas no tendrán que pagar las tasas por la tramitación de bajas de vehículos que hayan resultado destrozados, por la expedición o renovación del DNI o por la acreditación catastral.

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