Abierto el formulario de la Agencia Tributaria para solicitar las ayudas por los daños de las borrascas en Andalucía
Estas ayudas del Gobierno de España contemplan importes de 5.000 euros para autónomos y profesionales personas físicas y de entre 10.000 y 150.000 euros para empresas

Daños en una casa de Grazalema / David Arjona / EFE
A. R. C.
La Agencia Tributaria ha activado desde este martes, 17 de marzo, el formulario para pedir las ayudas por los daños provocados por las borrascas en Andalucía y Extremadura. Los afectados, ha dado a conocer el Ministerio de Hacienda, ya pueden presentar la solicitud y hasta el 30 de junio de 2026 a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, con importes de 5.000 euros para autónomos y profesionales personas físicas y de entre 10.000 y 150.000 euros para empresas
Según ha informado el Ministerio en una nota de prensa, estas ayudas están recogidas en el Real Decreto-ley 5/2026, de 17 de febrero, y se tramitarán mediante un procedimiento simplificado para agilizar tanto la solicitud como el pago.
Cómo pedir las ayudas
Para acceder a estas ayudas, los solicitantes deben presentar un formulario electrónico en la web de la Agencia Tributaria. En ese documento solo tendrán que indicar nombre y apellidos, NIF, una cuenta bancaria de la que sean titulares para recibir el ingreso y un número de teléfono de contacto.
La solicitud no requiere aportar documentación adicional, de acuerdo con la información facilitada por el Ministerio. Una vez presentada, el abono se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta señalada en el formulario.
En caso de que el solicitante necesite cambiar algún dato, como por ejemplo la cuenta bancaria, deberá dar de baja la solicitud anterior y presentar una nueva.
Qué se necesita para presentar la solicitud
Para completar el trámite es necesario contar con Clave o certificado electrónico. La Agencia Tributaria ha incorporado junto al formulario varios módulos informativos con preguntas frecuentes sobre los requisitos de acceso a estas ayudas, además de un acceso directo al registro en Clave para quienes todavía no estén dados de alta en este sistema de identificación.
Cuánto dinero se puede recibir
Las ayudas previstas ascienden a 5.000 euros para empresarios y profesionales personas físicas. En el caso de las empresas, la cuantía oscila entre 10.000 y 150.000 euros, en función de su facturación.
Además, estas ayudas están exentas de tributación tanto en el IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades y tienen carácter inembargable.
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