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17M

Elecciones en Andalucía el 17 de mayo: Correos abre el plazo para solicitar el voto por correo hasta el 7 de mayo

Los ciudadanos andaluces censados ya pueden solicitar el voto por correo desde este miércoles, tanto online como de forma presencial, para las elecciones autonómicas del 17 de mayo.

Urnas con las papeletas en las elecciones del 19 de junio de 2022.

Urnas con las papeletas en las elecciones del 19 de junio de 2022. / EDUARDO BRIONES / EUROPA PRESS

El Correo

El Correo

Los ciudadanos censados en Andalucía con derecho a participar en las elecciones autonómicas del 17 de mayo ya pueden tramitar la solicitud del voto por correo. Tras la apertura oficial del proceso ayer miércoles, los electores disponen de un margen que se extiende hasta el próximo 7 de mayo para gestionar esta modalidad, esencial para quienes no puedan acudir presencialmente a las urnas en la jornada electoral.

Según ha detallado Correos en un comunicado oficial, la obtención del certificado de inscripción en el Censo Electoral de la comunidad es el requisito indispensable para ejercer este derecho por correspondencia. Los interesados pueden completar este trámite de forma telemática a través de la web oficial de la compañía o, si lo prefieren, acudir presencialmente a cualquier oficina postal de la red estatal.

Cómo solicitar el voto online

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos, sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza o el DNI electrónico (DNI-e).

Una oficina de Correos

Una oficina de Correos / Correos

La solicitud de voto por correo también se puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición.

Casos especiales y representación

En este caso, puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarial o consularmente. En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina de Correos el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.

Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual. Para ello el elector tan sólo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

Envío de documentación electoral

Correos entregará las solicitudes recibidas en las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral en Andalucía, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 27 de abril de 2026, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Asimismo, Correos recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 13 de mayo.

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