Tribunales
Las elecciones andaluzas del 17-M, desde la cárcel: Andalucía tiene 14.234 presos pero no todos pueden votar
Instituciones Penitenciarias no tiene registrado cuántas personas en situación de privación de libertad pueden acceder al voto

Entrada al centro Penitenciario de Puerto III / ROMAN RIOS / EFE
Votar desde la cárcel es posible. Los candidatos a las elecciones a la Junta de Andalucía el próximo 17 de mayo serán elegidos también por la población reclusa. ¿A qué partido votan los presos en las cárceles andaluzas? ¿Se ponen urnas en las cárceles el domingo electoral? ¿Pueden votar solo los que estén en las cárceles andaluzas o, por contra, lo hacen los que estén empadronados en Andalucía, aunque estén cumpliendo la pena más allá de Despeñaperros?
La respuesta a la primera pregunta es tajante: imposible saberlo, porque el voto es secreto y porque no hay mesas electorales en las prisiones para saber los resultados. Además, no hay sondeos, por lo que tampoco hay datos al respecto, ni siquiera estimados.
La segunda respuesta es más fácil de contestar: hay reos con derecho a voto, aunque otros no pueden elegir quién quiere que gobierne su comunidad, su localidad o el país a causa de una sentencia firme. Los que lo tienen prohibido son aquellos a los que se pena con inhabilitación absoluta. Pueden votar por tanto los que no cumplen esos dos requisitos en sus fallos.
La tercera pregunta también tiene respuesta. Desde Instituciones Penitenciarias señalan que "aplica lo mismo que al resto de la población". Es decir, el padrón. La población reclusa que puede votar es toda aquella que está empadronada en Andalucía.
El 7 de mayo finaliza el plazo para pedir el voto por correo desde la cárcel
No se confundan: el 17 de mayo no habrá urnas en las cárceles andaluzas, ya que el voto para los reclusos se ejerce telemáticamente. Este jueves, 7 de mayo, será el último día para pedir el voto por correo y eso significa que termina el plazo para que las personas privadas de libertad en las cárceles andaluzas soliciten ejercer su derecho de sufragio.
No se sabe cuántos lo han solicitado ni cuántos pueden hacerlo. Fuentes de Instituciones Penitenciarias explican a este periódico que no se recogen datos sobre los comicios en el interior de las cárceles. Además, se explica que el voto "es una decisión individual de las personas".
Qué condenas impiden el ejercicio del sufragio activo en las prisiones
La Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio, del Régimen Electoral General recoge en el Capítulo I, sobre el derecho de sufragio activo corresponde a todos los españoles mayores de edad que no estén comprendidos en el artículo 3 de la referida legislación.
El articulado recoge que no pueden votar "los condenados por sentencia judicial firme a la pena principal o accesoria de privación del derecho de sufragio durante el tiempo de su cumplimiento".
En las sentencias, los magistrados incluyen en ocasiones en sus fallos una "inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena". En otras ocasiones se explicita que se impone una "inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo", es decir, para presentarse a las elecciones, lo que no inhabilita para votar.
Un aspecto fundamental es que para estar inhabilitados para el voto la sentencia debe ser "firme". Esto implica que hay muchos reos con sentencias de inhablitación, pero que están recurridas, que sí podrían votar en caso de que así lo desearan.
Andalucía acoge a la mayor cantidad de población reclusa
En nuestra comunidad autónoma, la población reclusa a marzo de 2026 era de 14.234, siendo 13.347 hombres y 887 mujeres, según datos del Ministerio del Interior. Es el mayor número de reclusos de toda España, doblando a la Comunidad Valenciana (6.837 personas), haciendo lo propio prácticamente con Madrid (7.582) y superando ampliamente a la segunda en discordia que es Cataluña (5.108).
Esto no implica que los 14.234 estén empadronados en Andalucía y, por ende, todos puedan votar. Para muestra, un botón algo antiguo, pero que sirve de ejemplo. Algunos miembros de la banda terrorista ETA estaban en las cárceles de El Puerto de Santa María. No podían votar en las andaluzas, pero sí en los comicios vascos (siempre y cuando se cumpliera el requisito de .
Es decir, se podría dar el caso de presos empadronados en Andalucía que estén en cárceles de otros puntos de España que hayan solicitado el voto por correo. Si esto ha ocurrido o no para el 17 de mayo es imposible saberlo porque no se recogen datos a este respecto.
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