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Más de 47.000 funcionarios de la Junta de Andalucía pueden solicitar ya el teletrabajo: aprobados los requisitos y las condiciones

La Consejería emite la circular pactada con las centrales sindicales como una medida de transición hasta el nuevo decreto previsto para septiembre

Un hombre haciendo teletrabajo

Un hombre haciendo teletrabajo / MATEO L. BELARTE

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Javier Alonso

Javier Alonso

Sevilla

Los 47.000 funcionarios y personal laboral que forman la Administración General de la Junta de Andalucía pueden ya solicitar un día semanal de teletrabajo. La Consejería de Función Pública ha aprobado la nueva circular pactada con los sindicatos que fija los requisitos, las condiciones y las obligaciones para desempeñar la labor profesional desde su domicilio o desde cualquier espacio habilitado. Se trata de un régimen transitorio hasta la entrada en vigor del nuevo decreto que ampliaría las jornadas a dos y que está previsto para después del verano.

La circular, que fija los criterios homogéneos para acceder al teletrabajo hasta la aprobación del nuevo decreto, es de inmediata aplicación. De esta forma todos los funcionarios y personal laboral de la Administración General pueden ya acogerse a este sistema y presentar sus solicitudes. Sus superiores tendrán un plazo máximo de dos meses para responder. En caso de denegar este derecho deberán justificarlo y en caso de no responder se entenderá aceptado por silencio administrativo positivo. No será de aplicación, sin embargo, para el personal de las empresas y agencias públicas que tendrán que regular sus propios sistemas.

Dentro de la Administración General se pueden acoger al sistema todos los funcionarios cuyas funciones puedan desempeñarse sin una presencia física en el centro de trabajo. Quedan excluidos así el personal de atención al ciudadano o las oficinas de registro, salvo en aquellas funciones que se desempeñen principalmente por vía telefónica. Deben haber permanecido al menos seis meses en el puesto o en uno similar para poder pedirlo.

Un día en semana

El modelo aprobado en la circular fija únicamente un día en semana de posible teletrabajo. Pero puede ser cualquiera de forma que se habilitan los lunes y los viernes para la modalidad no presencial. Sí se fija como límite que no podrá pedirse este sistema justo después de unas vacaciones o en días intermedios de permisos.

Los funcionarios y el personal laboral tendrán que acreditar en su solicitud que cuentan con un espacio de trabajo adecuado, con medidas de seguridad laboral y una adecuada conectividad. Los equipos, salvo excepciones, los aportará la administración de la Junta de Andalucía para garantizar la seguridad.

Cómo se pierde el teletrabajo

El sistema de teletrabajo de la Junta de Andalucía es voluntario y revocable. De esta forma, una vez concedido se realizará un seguimiento y se retirará en supuestos de incumplimiento de tareas y horarios, mal uso de las medidas de seguridad, falta de conectividad o cuando se constate que el rendimiento del servicio se ha visto afectado.

Esta revocación, en cualquier caso, deberá ser revisada en un procedimiento de audiencia de forma que la persona afectada pueda recurrir la decisión y será evaluada su situación.

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