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UNIVERSIDAD

El B2 se exigirá para tener un grado en Andalucía pero no será una asignatura: Gobierno y Junta revisan la ley que sube el nivel mínimo de idiomas

La Junta de Andalucía limita el conflicto con el Estado al desarrollo del plan de estudio y descarta que pueda poner en riesgo la aplicación de la subida del nivel mínimo de idiomas a partir de 2029

Fotografía de archivo de una alumna durante un examen universitario.

Fotografía de archivo de una alumna durante un examen universitario. / Manuel Murillo / COR

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Rocío Soler Coll

Rocío Soler Coll

La Ley Universitaria Para Andalucía (Ley Lupa) se va a someter a un nuevo examen para que el Ministerio de Educación y la Junta de Andalucía definan cómo se desarrollarán algunos artículos de la norma que han generado un nuevo choque entre ambos organismos. Después de que el Ejecutivo central tildara de "incompatibilidades constitucionales" en cerca de treinta artículos de esta ley aprobada en el Parlamento andaluz, ambos organismos han comenzado una nueva negociación para esclarecer los detalles de cada punto de la norma antes de recurrir al Tribunal Constitucional. Entre todos los artículos a negociar, destaca el número 13, que hace referencia a las competencias lingüísticas y a la exigencia de demostrar un nivel B2 o superior en una lengua extranjera para poder obtener la titulación universitaria a partir del curso 2029/2030.

Este nuevo requisito, que también afecta al acceso del profesorado ayudante doctor y contratado doctor, aumentará la exigencia de idiomas de los estudiantes de grado de la comunidad obligando a obtener un nivel equivalente al First Certificate antes de finalizar los cuatro años de carrera. Sin embargo, el nivel de exigencia no es el motivo de conflicto entre la Junta y el Gobierno. Entre los cinco puntos que componen este artículo, se desarrolla cómo se llevará a cabo la implementación de esta nueva norma en el grado y el primero ha provocado discrepancias entre el Gobierno.

En primer lugar, la ley exige que todos los planes de estudios acrediten una lengua extranjera al finalizar la carrera. En cuanto al nivel, no podrá ser inferior al B2 del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas, un requisito que también se extenderá para acceder a determinadas figuras del profesorado universitario. Por otra parte, la Junta deberá incorporar en el modelo de financiación recursos para que las universidades puedan ofrecer becas, ayudas y suficientes plazas en sus centros de idiomas y se impulsarán programas de movilidad internacional para mejorar la capacitación lingüística de estudiantes, profesorado y personal universitario. Finalmente, las universidades tendrán un plan de plurilingüismo que fomente la docencia en otra lengua oficial de la UE y los títulos bilingües.

Ante estos criterios, el Gobierno central ha manifestado una discrepancia. Tal como ha podido saber este periódico, la cartera de Diana Morant no se ha postulado en contra de que se exija un nivel B2 a los alumnos universitarios, puesto que actualmente es obligatorio acreditar el nivel B1 y en otras CCAA también el B2 para dar por terminado el grado. El punto de conflicto se centra, por lo tanto, en cómo se exigirá el nivel al alumnado: el Gobierno cuestiona que el primer punto del artículo 13 dé a entender que las universidades tendrán una asignatura en el plan de estudios para la obtención del B2, algo que fuentes de la Junta descartan y a lo que el Ministerio se opondría. Desde la Consejería de Universidad aseguran a El Correo de Andalucía que "no hay ningún mandato de ese tipo en la ley", motivo por el cual lo tachan de "confusión" y descartan que el choque vaya a más.

Por lo tanto, la Junta no creará una asignatura dentro del plan de estudios de las carreras para mejorar el nivel de la lengua extranjera. Se aumentará el número de becas, ayudas y plazas en las escuelas oficiales de idiomas, pero no se darán clases dentro de la cartera de asignaturas del grado. En cambio, los planes de estudios deberán incluir la necesidad de obtener ese nivel de idiomas antes de conseguir el grado.

Una treintena de artículos cuestionados

El Parlamento andaluz aprobó el pasado 12 de marzo la nueva Ley LUPA con el único apoyo de la mayoría absoluta de los populares y el rechazo del resto de formaciones del Parlamento. Esta ley llegó con reticencias en la oposición del Parlamento y en las aulas de las facultades. Tal como explicó El Correo de Andalucía, la Comisión de Universidad, Investigación e Innovación así como alumnos y profesores la pusieron en duda durante los meses de tramitación. De hecho, los rectores denunciaron durante la tramitación parlamentaria que esta ley "vulneraba" artículos de la Ley Orgánica del Sistema Universitario (LOSU).

Para entender el contexto de la actual negociación, cabe tener en cuenta que el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades después de que la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía, se publicara en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía llevó a cabo un análisis de la norma en el marco de las actuaciones de seguimiento de la legislación autonómica. Tras dicho estudio de la ley, el Ministerio consideró que existían fundamentos suficientes para manifestar discrepancias con hasta 26 artículos, así como las disposiciones adicionales segunda, undécima y duodécima. Para ello, se constituirá un grupo de trabajo encargado de proponer una solución a las discrepancias identificadas, una vez quede constituido el nuevo Gobierno de la Junta de Andalucía.

Ante el escenario y tras darse a conocer las "discrepancias" del Gobierno con la ley aprobada en el Parlamento andaluz, ambas administraciones han acordado iniciar una negociación, el paso previo a interponer un recurso de inconstitucionalidad. Antes de impugnar la ley, el Estado y la comunidad autónoma deben abrir un proceso de negociación para tratar de "resolver" las "injerencias" detectadas por el órgano estatal. Para ello, el procedimiento contempla la convocatoria de la Comisión Bilateral de Cooperación, el órgano de negociación entre ambas administraciones.

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