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Cuenta atrás para los dos días de teletrabajo en la Junta de Andalucía: qué funcionarios podrán solicitarlo y cuáles son las condiciones

El decreto será una realidad en el mes de setiembre tras dos años de bloqueo y un acuerdo entre la Consejería y los sindicatos

Funcionarios de la Junta de Andalucía en Córdoba.

Funcionarios de la Junta de Andalucía en Córdoba. / AJ González

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Victoria Flores

Victoria Flores

Sevilla

La Junta de Andalucía se ha comprometido con los sindicatos de funcionarios a que el decreto de teletrabajo sea una realidad en el mes de septiembre. El 9 de julio la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública aprobó la nueva circular, pactada con los sindicatos, que fija los requisitos, las condiciones y las obligaciones para trabajar desde casa. Sin embargo, no todos los funcionarios podrán solicitarlo.

Esta circular está llamada a servir de puente entre el modelo actual, en el que cada servicio tiene libertad para organizarlo, y el futuro decreto que se aprobará en el mes de septiembre. El objetivo es fijar una serie de criterios únicos para toda la administración. Este modelo fija un solo día de teletrabajo, aunque permite que sea cualquiera de la semana, incluidos lunes y viernes y marca qwue la Junta facilitará los equipos.

El texto del decreto, cerrado con los sindicatos en verano de 2024 regula de forma extensa las posibilidades para que los empleados públicos de la administración andaluza trabajen en remoto. En concreto, la medida podría afectar a alrededor de 50.000 trabajadores de la administración autonómica que, hasta el momento, la Junta solo permite que puedan disfrutar de un día a la semana de trabajo a distancia.

Según desarrolla el texto del decreto, el teletrabajo será voluntario y reversible. Cada trabajador público que lo desee podrá solicitarlo y deberá ser autorizado por su responsable para ello. Eso sí, para poder pedirlo, el teletrabajo se deberá desarrollar en un puesto de trabajo en el que se "garanticen las condiciones exigidas en materia de prevención de riesgos laborales, privacidad, protección y confidencialidad".

¿Qué funcionarios podrán teletrabajar?

En realidad, no todos los empleados públicos de la administración podrán solicitarlo. Como ocurre en otras administraciones del Estado, los funcionarios que pidan teletrabajar deberán estar en situación administrativa de servicio activo. Además, será fundamental que el trabajador haya desempeñado el mimo puesto de trabajo de forma presencial durante al menos seis meses en el último año.

No solo serán indispensables los seis meses, sino que, como ocurre en este momento con la jornada de trabajo en remoto, para poder pedirlo, las funciones y tareas que debe desempeñar deberán ser susceptibles de ser realizadas a distancia. Tampoco estarán autorizados a poder trabajar a distancia los trabajadores públicos que ocupen puestos directivos en la administración.

La Junta tendrá que facilitar a sus empleados los medios tecnológicos necesarios para poder trabajar. Aunque se pueden utilizar equipos propios, estará obligada a facilitar un equipo informático que cuente con todos los sistemas necesarios y acceso a las distintas herramientas ofimáticas. Los ordenadores deberán ser custodiados por el funcionario que garantizará su devolución en el mismo estado que en la entrega.

Nivel de trabajo exigido

Con todo, el mantenimiento de los equipos será responsabilidad de la Junta, que podrá revisar el estado en el que se encuentran en cualquier momento. Además, si hay una avería técnica que puede ser solucionada de forma inmediata, el empleado deberá "reincorporarse a su puesto de trabajo con la mayor celeridad posible". Serán los trabajadores los responsables de garantizar la confidencialidad de los datos.

Los empleados públicos que decidan teletrabajar tendrán los mismos derechos que el resto de trabajadores de la administración sin importar el modelo de trabajo que desarrolle. De hecho, será fundamental preservar la intimidad en el uso de dispositivos, la intimidad personal, la desconexión digital, la formación y promoción personal y a la aplicación de todos los complementos y condiciones salariales.

Para poder trabajar en remoto será fundamental firmar un documento de compromisos con los supervisores. Estos objetivos estarán marcados por la media de trabajo de los dos años anteriores a la solicitud de trabajo en remoto. Así, establecerán unas condiciones iguales o superiores al 75% de la media. Deberán respetar la jornada y el horario de trabajo y la prevención de riesgos laborales, así como la protección de datos.

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