Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Antes de la amnistía

El abogado general de la UE propone rechazar el recurso de Puigdemont sobre su inmunidad

La propuesta de sentencia avala la causa penal realizada por el juez Llarena y su petición de autorización para poder investigar al expresidente catalán, entonces miembro del Parlamento Europeo

El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont, durante una reunión con el presidente de la Generalitat, a 2 de agosto de 2025, en Bruselas (Bélgica).

El presidente de Junts per Catalunya, Carles Puigdemont, durante una reunión con el presidente de la Generalitat, a 2 de agosto de 2025, en Bruselas (Bélgica). / Jasper Jacobs / Europa Press

Ángeles Vázquez

Ángeles Vázquez

Madrid

El abogado general de la Unión Europea Maciej Szpunar ha propuesto al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que en la sentencia que dicte rechace el recurso interpuesto por Toni Comín contra el suplicatorio que el juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena cursó en 2021 para poder investigarle a él, al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y a Clara Ponsatí por su participación en el 'procés'. La sentencia del Tribunal General de la UE que avaló el levantamiento de la inmunidad del presidente de Junts también fue recurrida por este, pero el abogado general entiende que como ni él ni Ponsatí son ya eurodiputados sus impugnaciones deben ser sobreseídas, de ahí que centre su propuesta de resolución en Comín.

El abogado general -figura propia del derecho alemán que ayuda al tribunal a dictar sentencia presentándole una propuesta de resolución, que puede ser tenida en cuenta o no en el fallo definitivo- considera que el TJUE debe desestimar todas las alegaciones formuladas contra la sentencia del Tribunal General que en 2023 avaló el suplicatorio cursado por el instructor del 'procés' en el Supremo para poder investigar penalmente a Comín, Ponsatí y Puigdemont por su responsabilidad en el 'procés'.

Desde que se dictó esa sentencia -cuya revisión en casación es sobre la que se pronuncia ahora el abogado general- las circunstancias han cambiado: Ponsatí y Puigdemont no son eurodiputados desde que terminaron sus mandatos el 15 de julio de 2024, por lo que Szpunar considera que ya no tienen interés en ejercitar la acción y propone al Tribunal de Justicia sobreseer sus recursos de casación. El caso de Comín es distinto, porque fue reelegido miembro del Parlamento Europeo el 9 de junio de 2024, a pesar de que su nombre no se incluyó en la lista de candidatos electos en España notificada a la Cámara y el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye, lo argumentó ante el Supremo para tratar de que se aplicara la amnistía a su cliente.

Pese al trato diferenciado, la conclusión para Comín termina siendo la misma que para Puigdemont y Ponsatí, aunque el rechazo de su recurso responda a un pronunciamiento efectivo de que el Europarlamento actuó correctamente cuando dio curso el suplicatorio para permitir que fueran investigados penalmente en España.

Públicamente, Junts ha evitado valorar la opinión del abogado general de la UE, pero fuentes del partido aseguran que no les ha “sorprendido excesivamente”. Dos años después de presentar recurso contra la sentencia TGUE, las mismas fuentes aseguran que siempre han sido “escépticos” ante la posibilidad de “dar la vuelta” al fallo de julio de 2023 y aseguran que ya contaban con ello. “Era un escenario bastante probable”, rematan, tras recordar que este pronunciamiento no tiene “consecuencias” sobre su situación judicial actual, informa Carlota Camps.

La tramitación de la propia causa penal española ha cambiado mucho en este tiempo, a consecuencia fundamentalmente de la promulgación de ley de amnistía, pese a que no se le haya aplicado a Puigdemont, porque el Supremo entiende que el delito de malversación por el que está procesado en rebeldía entra dentro de las excepciones previstas en la propia norma. Ello influyó en que Llarena, pese a ver respaldada su investigación por la justicia europea en una primera instancia, no llegó nunca a cursar nuevas euroórdenes contra Puigdemont para tratar de ponerlo a disposición de la justicia española.

Ningún error

La propuesta de sentencia del abogado general pasa por declarar que el Tribunal General no incurrió en error alguno al concluir que no se había vulnerado el derecho de los diputados a que el Parlamento trate sus asuntos imparcial y equitativamente, aunque el ponente que se designó para los tres expedientes con los que se resolvió el suplicatorio perteneciera al mismo grupo político que Vox, partido que ejerció la acusación en el juicio que se siguió en España contra los líderes del 'procés' que resultaron condenados. Idéntica decisión adopta respecto a que el presidente de la Comisión de Asuntos Jurídicos (JURI) fuera el español Adrián Vázquez, cuya imparcialidad fue puesta en entredicho por los recurrentes.

Para Szpunar, el Tribunal General tampoco incurrió en error en la interpretación y aplicación de las normas relativas a la decisión de suspender la inmunidad parlamentaria ni en la apreciación del impacto de las decisiones del Parlamento en los derechos fundamentales de los diputados. Ello refrenda que, como dijo el TGUE, el proceso penal seguido en España "no tenía como objeto perjudicar la actividad política de los diputados del Parlamento y, en consecuencia, la independencia" de la Cámara europea.

Propone también que se rechace la alegación relativa a la falta de claridad de las decisiones del Parlamento Europeo, porque a su juicio no hay duda de que la concesión del suplicatorio supuso que "la inmunidad de los diputados se suspendiera en todos los Estados miembros y no exclusivamente en Bélgica y Reino Unido, como argumentaba la defensa de Puigdemont.

Suscríbete para seguir leyendo

Tracking Pixel Contents