En el Supremo
El fiscal general será juzgado en noviembre por una sala mayoritariamente conservadora
Siete magistrados integran la Sala que se hará cargo del asunto una vez se dicte el inminente auto de apertura de juicio oral

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz durante el tradicional acto de apertura del año judicial celebrado este viernes en el Tribunal Supremo en Madrid. EFE/Chema Moya POOL / CHEMA MOYA

En espera de que en los próximos días se dicte auto de apertura de juicio oral contra el fiscal general del Estado --un paso procesal que es consecuencia de su procesamiento, y de cuya realidad inminente no duda ni siquiera el entorno de Álvaro García Ortiz-- ya se conoce la composición de la sala de siete magistrados que se hará cargo de este asunto, y que planea comenzar las sesiones el próximo mes de noviembre.
Así lo han señalado a EL PERIÓDICO fuentes del alto tribunal, que señalan que ya ha sido fijada la composición del tribunal, de tendencia mayoritariamente conservadora. Juzgarán a Álvaro García Ortiz los magistrados Manuel Marchena, Antonio del Moral, Juan Ramón Berdugo, Carmen Lamela, y Andrés Martínez Arrieta, y completarán la sala las magistradas de sensibilidad progresista Susana Polo y Ana Ferrer. Su intención es acelerar la celebración de la vista para que el asunto haya podido dejarse listo para sentencia antes de que termine el año.
García Ortiz se sentará en el banquillo por un presunto delito de revelación de secretos que habría perjudicado el derecho de defensa del empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, quien está acusado de fraude a Hacienda. Se le acusa de filtrar un correo en el que el abogado del novio de Isabel Díaz Ayuso trataba de llegar a un acuerdo con la Fiscalía para evitar el juicio y reconocía la conducta defraudatoria. El fiscal general se enfrenta a peticiones de penas de prisión que llegan hasta los seis años de cárcel.
¿Será suspendido?
También está pendiente la respuesta que debe dar el instructor de la causa, el juez Ángel Hurtado, a la petición que el último día de julio le hizo una de las partes personadas, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF), para que García Ortiz sea apartado cautelarmente de sus funciones mientras se sustancia la causa penal.

Felipe VI pasa junto al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz (d), a su llegada este viernes al Tribunal Supremo para presidir el tradicional acto de apertura del año judicial. EFE/ Chema Moya POOL. POOL / Chema Moya / EFE
Sin embargo, fuentes jurídicas consultadas por este diario ven muy poco probable que el fiscal general sea suspendido dada la ausencia de un precepto legal aplicable, y teniendo en cuenta que en derecho no deben implementarse de forma extensiva las previsiones legales que puedan afectar a los derechos del justiciable. Dicha norma, regulada en el artículo 31 del Estatuto Fiscal, incluye entre las causas de cese del fiscal general el "incumplimiento grave o reiterado de sus funciones", y las mismas fuentes consideran muy complicado poder aplicarla de forma extensiva al caso de García Ortiz.
Por otra parte, se da la paradoja de que el artículo 145 del Reglamento del Ministerio Fiscal prevé que el fiscal general del Estado "podrá acordar motivadamente, con arreglo a los principios de presunción de inocencia y proporcionalidad (...) la suspensión cautelar de cualquier miembro del Ministerio Fiscal contra el que se siga un procedimiento penal". La cuestión es que tampoco hay nada previsto para que al propio fiscal general pueda aplicársele esta prevención.
Impulso personal
En el auto en el que confirmaba el procesamiento --que contaba con un voto particular contrario sentar al fiscal general en el banquillo-- la Sala de lo Penal del Supremo concluía que García Ortiz debe ser juzgado al existir indicios de que realizó "una actuación coordinada e impulsada personalmente" para revelar datos de Alberto González Amador.
Los magistrados Julián Sánchez Melgar y Eduardo de Torres, con el voto discrepante de Andrés Palomo, ratificaron la versión del instructor Hurtado, sobre cómo se produjo la filtración a la prensa del correo electrónico en el que el abogado del empresario asumía en su nombre la comisión de dos delitos fiscales.
La Sala de Apelación se mostraba también muy crítica con el borrado del móvil que realizó el fiscal general, "a pesar de su posición institucional", cuando el Supremo aceptó abrir causa contra él. "La desaparición intencionada de pruebas es un potente contra indicio que se utiliza habitualmente por los tribunales", llegaban a decir los magistrados.
El voto discrepante de Palomo, al que se aferrará la defensa del fiscal general y fue aludido incluso por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, durante la entrevista televisiva en la que reiteró su apoyo a García Ortiz, argumenta, por el contrario, que la atribución a Álvaro García Ortiz de la filtración del correo "no aparece suficientemente justificada". Este magistrado considera que el acervo probatorio puesto de manifiesto durante la instrucción de este asunto es "harto insuficiente" para sentarle en el banquillo como presunto autor de la revelación de la información contenida en el e-mail "ni a la prensa, ni a la Presidencia de Gobierno".
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