TRIBUNALES
El juez Puente rechaza que los audios de Koldo fueran introducidos en su teléfono con un "programa espía"
El magistrado desestima el recurso de reforma que presentó el ex secretario de Organización del PSOE para tratar de salir de prisión y se desentiende de las acusaciones de haber provocado su dimisión

Archivo - El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán a su llegada a declarar en el Tribunal Supremo. / Jesús Hellín - Europa Press - Archivo
El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha rechazado que los audios encontrados en los dispositivos de Koldo García fueran introducidos en los teléfonos del exasesor de José Luis Ábalos en el Ministerio de Transportes mediante "un programa espía", como apuntaba el recurso del abogado Jacobo Teijelo. Así consta en un auto de 3 de octubre en el que el instructor desestima el recurso de reforma que presentó el ex secretario de Organización del PSOE Santos Cerdán contra el auto que confirmaba su prisión provisional.
Precisamente, el contenido de los audios, en los que se apuntan posibles mordidas, fue fundamental para la decisión del instructor de enviar a prisión de forma preventiva a Santos Cerdán.
"Los teléfonos que [el comandante de la Guardia Civil] Rubén Villalba pudo haber proporcionado a Koldo García no tenían por objeto --ni tenían aptitud--, según parece resultar de la investigación seguida ante el Juzgado Central número 2, introducir en ningún otro terminal 'troyano” o programa espía alguno. Se trataba de teléfonos 'seguros', que permitirían la comunicación a través de ellos, sin riesgo, o con el mínimo riesgo posible, de ser interceptados", explica el magistrado.
"Es inexacta"
"Lo más relevante ahora", prosigue Puente en el auto, "es que la propia afirmación inicial, sobre cuya base construye la parte el resto de su alegato, es inexacta también: los tan referidos archivos de audio no fueron hallados en ninguno de los teléfonos facilitados a don Koldo García por don Rubén Villalba, sino en tres teléfonos de la marca Iphone, absolutamente “ordinarios”, de uso común y general, y en una grabadora".
En cuanto a las críticas del letrado de Cerdán sobre que la investigación haya “provocado” la dimisión o renuncia de su cliente como diputado, el magistrado destaca que esta decisión resulta "por entero ajena a este instructor".
"Por lo que respecta a la eventual incidencia que la renuncia a su condición de Diputado del señor Cerdán pudiera haber tenido o no en la suerte de las iniciativas del Gobierno en el Congreso, es cuestión que, sobra decirlo, no compete valorar en ningún sentido a este instructor. En lo que sí es preciso insistir es en que, a mi juicio, ninguna investigación de persona aforada --tampoco del señor Cerdán León-- se ha realizado en esta causa que hubiese requerido la previa autorización de la Cámara de la que los afectados formaran parte", destaca el auto.
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