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TRIBUNALES

El Supremo ordena al Gobierno que le entregue "en mano" los informes "reservados" sobre la venta de Talgo a una empresa húngara

Los magistrados mantienen su decisión de impedir que se pueda tener acceso a los informes del Centro Nacional de Inteligencia

Archivo - Fachada de la planta de Talgo, a 29 de agosto de 2024, en Rivabellosa, Álava

Archivo - Fachada de la planta de Talgo, a 29 de agosto de 2024, en Rivabellosa, Álava / Iñaki Berasaluce - Europa Press - Archivo

Madrid

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha ordenado al Gobierno que entregue "todos los documentos que integran el expediente administrativo" que sirvió al Ejecutivo de Pedro Sánchez para vetar la oferta pública de adquisición (opa) lanzada por el consorcio húngaro Magyar Vagon (Ganz Mavag Europe Private Ltd) sobre Talgo en agosto de 2024, "incluidos los calificados como reservados", según dice de forma literal un auto de 12 de noviembre al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO.

Sin embargo, esta resolución mantiene la exclusión de los informes del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), al tener la consideración de "secretos". "Esta Sala no tiene cumplida constancia de que existan en el expediente administrativo documentos elaborados por el CNI, pues únicamente tiene noticia de ellos a través de lo manifestado por la Abogacía del Estado. Pero, si en este caso existen efectivamente documentos con esa procedencia, podrán ser excluidos del expediente administrativo a cuya ampliación ha accedido esta Sala", especifica el auto.

Archivo - La directora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Esperanza Casteleiro, interviene tras jurar su cargo en la sede del Ministerio, a 12 de mayo de 2022, en Madrid).

Archivo - La directora del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Esperanza Casteleiro, interviene tras jurar su cargo en la sede del Ministerio, a 12 de mayo de 2022, en Madrid). / Eduardo Parra - Europa Press - Archivo

Y para preservar la confidencialidad sobre los documentos "reservados", los magistrados ordenan al Gobierno que los entregue "en mano a la Letrada de la Administración de Justicia de esta Sección Tercera, a fin de que, una vez examinados por esta Sala, se decida sobre los que pueden ponerse de manifiesto y, en su caso, la forma de hacerlo".

Consejo de Ministros

Con este auto, los magistrados rechazan el recurso que había presentado la Abogacía del Estado en el que se oponía a la ampliación del expediente administrativo que había reclamado la empresa vendedora, el consorcio Pegaso Transportation —en el que se integraban el fondo británico Trilantic, el empresario Juan Abelló y la familia Oriol, fundadores del fabricante ferroviario—, y que había sido admitida por el Tribunal Supremo. La Abogacía advertía que algunos de los documentos integrantes del expediente, en concreto los identificados con los números 73 y 96, habían sido elaborados por el CNI.

Por eso, la representación legal de la Administración Central, que considera que con esta decisión se prescindía de la intervención del Ejecutivo, proponía, según su interpretación de la ley de Secretos Oficiales, que para acceder a estos documentos "reservados" la empresa tendría que formular ante el Consejo de Ministros una solicitud de desclasificación.

Y en el caso de que el Supremo decidiera entregar a las partes alguno de los documentos, la Abogacía del Estado solicitaba a los magistrados que la Administración tuviera la posibilidad de advertir del alcance de los documentos que permitieron al Gobierno vetar la opa de Talgo.

Documentos "secretos" y "reservados"

En las diferentes resoluciones sobre la compra de la compañía ferroviaria, los magistrados recuerdan que la ley contempla que los documentos que pueden ser excluidos de los expedientes son "los calificados en la categoría de secreto", pero no los "reservados", según especifica la normativa de Secretos Oficiales.

El Consejo de Ministros acordó el pasado 27 de agosto de 2024 vetar la compra de Talgo por parte de la firma húngara por razones de seguridad nacional. En concreto, por la conexión entre esta empresa extranjera y el régimen ruso de Vladímir Putin. La Sala únicamente concedió al mencionado consorcio acceso a una parte de la documentación del expediente que abortó la operación. Fuentes consultadas de Trilantic han rechazado hacer comentarios sobre el auto judicial.

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