Caso Koldo
El Supremo abre juicio oral contra Ábalos y Koldo por la venta de mascarillas y les impone una fianza de 60.000 euros
El magistrado asegura así que el alto tribunal se encargue del enjuiciamiento del caso, aunque el diputado suspendido renunciara al escaño

Sara Fernández García / PI STUDIO | FOTO: JOSÉ LUIS ROCA

El juez del Tribunal Supremo Leopoldo Puente no se ha hecho de rogar y solo un día después de que la Sala de Apelación confirmara el auto de transformación de las diligencias en procedimiento abreviado (equivalente al de procesamiento en los sumarios) ha procedido a abrir juicio oral contra el exministro José Luis Ábalos y su exasesor Koldo García, a los que mantiene en prisión y les impone una fianza de 60.000 euros para asegurar las cantidades a las que puedan ser condenados.
Con esta decisión, el magistrado se asegura de que, aunque Ábalos, como le recomendaba su anterior abogado, quisiera renunciar al escaño ahora que ha sido suspendido como diputado, el juicio por las supuestas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia por organismos dependientes de Transportes se juzgará en el alto tribunal. La apertura de juicio oral es el momento en el que la Sala de lo Penal del Supremo ha fijado para vetar que la renuncia al fuero pueda determinar un cambio de tribunal, que en este caso, sería la Audiencia Nacional.
Aunque los recursos contra el auto de transformación no paralizan el procedimiento, el juez Puente prefirió esperar a que sus conclusiones de cara a la futura celebración del juicio fueran ratificadas por la Sala de Apelación, decisión que se produjo este miércoles. Por eso ha dictado ahora el auto que ya sienta definitivamente en el banquillo a Ábalos, Koldo y el comisionista Víctor de Aldama, por los delitos de integración en organización criminal; cohecho continuado, activo y pasivo; uso de información privilegiada, aprovechamiento de información privilegiada; tráfico de influencias; malversación de fondos públicos; falsedad en documento oficial, y prevaricación.

José Luis Ábalos a la salida del Tribunal Supremo. / José Luis Roca
Seguirán en prisión
La resolución acuerda mantenerles con las mismas medidas cautelares con las que contaban: prisión para Ábalos y Koldo y comparecencias quincenales para Aldama, que también tiene prohibido abandonar el territorio nacional, motivo por el que también se le ha retirado el pasaporte. "Dichas medidas -afirma el instructor- han venido siendo observadas regularmente por el acusado, sin que se advierta motivo sustancial alguno para proceder en este momento a su modificación y sin que tampoco ninguna de las acusaciones o su propia defensa lo hayan solicitado".
Los dos primeros tendrán que prestar una fianza de 60.000 euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias a las que pudieran ser condenados. La resolución señala que de no prestarla en el plazo de cinco días hábiles, les serán embargados bienes en cantidad suficiente para asegurar dicha suma.
El juez recuerda en este punto que el ministerio público pedía que tanto Ábalos como Koldo indemnicen, conjunta y solidariamente, a las entidades públicas Ineco y Tragsatec con 34.477 y 9.500 euros, respectivamente, por la contratación de Jésica Rodríguez, una de las parejas del exministro. Anticorrupción también solicitaba que, en relación con esos mismos acusados, se proceda al decomiso de las ganancias provenientes del delito de cohecho por importe de, al menos, 430.298 euros. El auto calcula que los honorarios de los peritos que trabajaron en esta pieza ascenderá a 5.000 euros.
El juez Leopoldo Puente acordó que Ábalos y Koldo ingresaran en prisión el pasado 27 de noviembre, al entender que el riesgo de fuga se había vuelto "máximo" o "extremo", ante la cercanía de la celebración del juicio y las altas penas solicitadas para ellos tanto por la Fiscalía como por las acusaciones populares personadas. El ministerio público solicita 24 y 19 años y medio años de cárcel para el político valenciano y el que era su hombre para todo, respectivamente. Por su parte, la acción popular pide 30 años para cada uno de ellos.
A partir de ahora las defensas de Ábalos, Koldo y Aldama disponen de 10 días para presentar su respectivo escrito de defensa. El auto hace un expreso pronunciamiento en relación con que el hecho de que no lo hagan, no interrumpirá la tramitación de la causa. La resolución será notificada al Congreso, dada la condición de diputado del primero.
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