Tribunales
La jueza de la dana pide a la Abogacía de la Generalitat que informe sobre las consultas por el confinamiento que pidieron desde Presidencia de la Generalitat el 29-O
La magistrada Nuria Ruiz Tobarra también requiere a Emergencias de Euskadi que detalle las llamadas que recibió el día de la dana desde su homóloga valenciana

Inicio de la inundación en Paiporta la noche del 29 de octubre. / Miguel Ángel Montesinos
Laura Ballester
La magistrada de la dana, la titular del Tribunal de Instancia 3 de Catarroja Nuria Ruiz Tobarra, ha dictado dos autos en los que requiere nueva información a la Abogacía de la Generalitat y a Emergencias del Gobierno Vasco, que desvió llamadas a Emergencias 112 de la Generalitat Valenciana.
En uno de los autos la magistrada requiere a la dirección general de la Abogacía General de la Generalitat Valenciana para que informe sobre “las consultas verbales o escritas que se evacuaron por altos cargos de la entonces Conselleria de Justicia e Interior, o de Medio Ambiente, o de Presidencia de la Generalitat” a la Abogacía el 29 de octubre de 2024, con indicación de su “objeto” y de “las respuestas emitidas”. Igualmente, la jueza requiere al mismo organismo para que informe si la Abogacía de la Generalitat fue emplazada el 29-O por el entonces secretario autonómico de Presidencia de la Generalitat, Cayetano García, para que emitiera “alguna valoración jurídica, intervención o dictamen en relación con las medidas a adoptar relativas a los episodios de la dana de ese mismo día”. Unas diligencias solicitadas por la acusación popular y particular que ejerce Acció Cultural del País Valencià (ACPV), representada por el abogado Manolo Mata y la acusación popular que ejerce Compromís, bajo la dirección letrada de Armand Galán.
En otro auto notificado hoy a las partes, la magistrada Ruiz Tobarra también solicita a la dirección de atención de Emergencias y Meteorología (DAEM) del Gobierno vasco para que informe sobre las llamadas recibidas en el teléfono 112 de Euskadi por derivación del 112 Comunidad Valenciana el 29 de octubre de 2024, así como la conservación de las grabaciones de esas llamadas para su futura incorporación al procedimiento, previo consentimiento de las personas implicadas. En esta resolución, la jueza instructora rechaza otras diligencias solicitadas por ACPV relativas a una llamada telefónica y un mensaje de Whatsapp entre el lehendakari y el entonces presidente de la Generalitat Valenciana, pues esos contactos se produjeron “fuera del momento temporal en que habían de adoptarse decisiones para salvaguardar a la población”.
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Fuente: Levante - EMV
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