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Crisis migratoria

La Fiscalía General actuará si las comunidades autónomas rechazan a los menores que entraron en Ceuta

Peramato firma un decreto para la protección de los menores extranjeros no acompañados en situaciones de "contingencia migratoria extraordinaria"

Decenas de menores se acumulan a las puertas de la comisaría de Ceuta para ser identificados

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Cristina Gallardo

Cristina Gallardo

Madrid

La fiscal general del Estado, Teresa Peramato, ha reaccionado ante lo que considera una "situación de contingencia extraordinaria" a raíz de la entrada masiva de migrantes en Ceuta en los últimos días de julio, con el objetivo de garantizar la protección de todos los menores extranjeros no acompañados. Así, ha firmado un decreto este viernes en el que establece pautas que incluyen la posibilidad de que "la entidad pública de la comunidad autónoma de destino rechace o muestre reticencias para asumir de forma inmediata la recepción efectiva de las y los menores que por reparto le correspondan".

Así, el fiscal del lugar de origen, que en este caso serían los que operan en Ceuta, deberá informar a su compañero del lugar de destino, quien, a su vez, deberá requerir a la administración competente sobre su obligación de acoger a los menores e incluir en este documento una advertencia "de las posibles responsabilidades que pudieran deducirse", si este requerimiento se incumple, "y en su caso ejercer las acciones que correspondan".

En su decreto, la fiscal general establece una serie de pautas de actuación para los fiscales delegados de Menores de origen y destino, cuyas fiscalías se vean afectadas por la reubicación de menores extranjeros no acompañados, "todo ello con la finalidad de asegurar su bienestar y garantizar su protección de manera adecuada".

Archivo - La fiscal general del Estado, Teresa Peramato Martín, durante la II Jornada de debate sobre el proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal, en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), a 24 de marzo de 2026, en Madrid (E

La fiscal general del Estado, Teresa Peramato Martín, durante la II Jornada de debate sobre el proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal, en el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC), a 24 de marzo de 2026, en Madrid (E / Eduardo Parra - Europa Press

De este modo, Peramato parece dar respuesta a las manifestaciones realizadas por diferentes responsables autonómicos del PP sobre su intención de plantar cara para dificultar en lo posible el impacto del reparto de los menores mientras se realizan los trámites a los que obliga la ley para repatriarlos. Para el partido de Alberto Núñez Feijóo este reparto es injusto por lo que reclamará pruebas para asegurar que los trasladados son efectivamente menores de edad y alegará que no tienen capacidad suficiente para acogerlos, según informa Mariano Alonso Freire.

Pautas de actuación

Frente a ello, el decreto de la fiscal general ofrece un protocolo a los fiscales. Así, el fiscal delegado del lugar de origen deberá informar al del lugar de destino "sobre las personas menores de edad que van a ser trasladadas a su ámbito de competencia territorial, con indicación de si su expediente de determinación de edad ha concluido o está en trámite".

El Gobierno hará las primeras reubicaciones de menores desde Ceuta "en pocas semanas"

El Gobierno hará las primeras reubicaciones de menores desde Ceuta "en pocas semanas" / EP

Además, desde el momento en que la sección de menores del lugar de destino tenga conocimiento de que se va a efectuar un traslado de personas extranjeras menores de edad a su territorio, "se deberán adoptar las medidas necesarias, en el marco de las oportunas diligencias preprocesales o expediente gubernativo, para que por parte de la entidad pública autonómica de protección de menores se procure una adecuada acogida y se dé cumplimiento a su deber".

Este deber se concreta, según el texto del decreto, en "garantizar la atención inmediata necesaria y, en su caso, protección de aquellos mediante la adopción de las medidas oportunas, cuya superior vigilancia y control deberá ejercer el o la fiscal competente". También se establecen pautas para actuar una vez se conozca el lugar de reubicación o bien se produzcan "alegaciones de rechazo o dilación de su ejecución".

En este último caso, el fiscal deberá "requerir a la entidad pública competente en materia de protección de menores de su comunidad autónoma para que, con carácter de urgencia, designe el recurso que entienda más idóneo para ejercer una adecuada protección de los menores afectados por el traslado una vez lleguen a su territorio". El objetivo es "proceder al control y supervisión de la protección" de los menores por parte de la consejería u organismo competente de la comunidad autónoma de destino.

Es en este requerimiento donde la fiscal o el fiscal delegado en cada territorio "deberá incluir la advertencia recogida en el art. 6.4 del Real Decreto 658/2025, de 22 de julio, que es el que fija las responsabilidades de traslado y acogida de los menores por parte de las comunidades autónomas. "Todo ello, sin perjuicio de las posibles responsabilidades que pudieran deducirse, y en su caso ejercer las acciones que correspondan", concluye el decreto.

Fuente: El Periódico

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