Sevilla
El Ayuntamiento flexibiliza la ordenanza de los veladores ante la presión de los hosteleros
Desde el Consistorio defienden que "el texto de la normativa no es definitivo" y que aún "sigue negociando con la patronal y los vecinos" para alcanzar una regulación "justa y equilibrada"

Clientes en los veladores de un bar sevillano / Jorge Jiménez

Ayuntamiento y hosteleros mantienen un pulso por la ordenanza de veladores desde hace meses. La normativa impulsada por el Ejecutivo de Sanz y aprobada de manera provisional en la Junta de Gobierno local el pasado julio contempla una serie de modificaciones contra las que se han opuesto los empresarios. La principal línea roja, el pasillo libre de 1,80 metros como mínimo que debe existir en la acera para el trasiego de peatones, una medida que ha flexibilizado a última hora la Gerencia de Urbanismo de cara al Consejo de Gobierno de este miércoles.
Con la nueva ordenanza, el espacio de paso sería al menos de 1,80 metros, una distancia que no puede verse reducida por la existencia de alcorques, mobiliario urbano u obstáculos de cualquier naturaleza. Según la Asociación de Hosteleros de Sevilla y Provincia, por este motivo podrían desaparecer un 40% de los veladores (más de 12.000 mesas). "No entendemos que sea impuesta, puede afectar al 100% de las terrazas. En la calle Argote de Molina, desaparecerían", señaló Alfonso Maceda, presidente de esta organización.
Más flexibildad para el pasillo libre
Hace solo cuatro días, el gerente de Urbanismo emitió un informe con dos modificaciones nuevas en la ordenanza. Una de ellas, precisamente, sobre el punto que ha desatado la polémica. Así, según resolvió el responsable de este organismo, se elimina la expresión "en todo caso" en el texto de la normativa que contemplaba antes "guardar en todo caso un ancho libre de paso mínimo de 1,80 metros".
El gerente justifica este cambio "en coherencia con la Orden TMA/851/2021, de 23 de julio, que establece: 'Se podrá exceptuar el cumplimiento de determinados requisitos establecidos en este documento técnico de manera excepcional y adecuadamente justificada, proponiéndose en todo caso otras soluciones de adecuación efectiva que garanticen la máxima accesibilidad y seguridad posibles y siempre de conformidad con lo dispuesto para tales casos en la normativa autonómica o local, cuando exista'".
"Son ajustes técnicos y responden a motivos de oportunidad. No es necesario un nuevo informe de la Secretaría, ya que no son modificaciones importantes respecto del proyecto aprobado ni inciden sobre las cuestiones objeto del informe emitido", considera el gerente de Urbanismo, que añade que "no es necesario un nuevo trámite de información pública", tal como recoge un informe al que ha tenido acceso El Correo de Andalucía.
El gerente de Urbanismo no considera necesario un nuevo informe de la Secretaría ni un trámite de información pública
Desde el Consistorio defienden que el texto de la normativa "no es definitivo", y que aún siguen dialogando "con hosteleros y vecinos, como se viene haciendo desde hace 14 meses, para alcanzar una ordenanza justa y equilibrada". "Se continúan las negociaciones", resumen fuentes municipales. Este mismo lunes, el alcalde de Sevilla, José Luis Sanz, se ha reunido con la patronal hostelera
Aforo distinto para bares emblemáticos
"Por otra parte, en relación a la regulación establecida para los establecimientos emblemáticos en el artículo 14, también se propone un ajuste en cuanto al aforo máximo establecido y que por el órgano competente se pueda establecer un aforo distinto de forma motivada", determina el gerente de Urbanismo. "Todo ello a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 23 de la Ordenanza de Establecimientos Emblemáticos, en cuanto a permitir el desarrollo de estos usos que formen parte de la imagen tradicional del establecimiento o constituyan una de sus señas de identidad".
Con la modificación planteada por la Gerencia de Urbanismo, se quita de la nueva normativa una frase que limitaba el aforo de clientes que pueden consumir de pie en este tipo de negocios. De esta forma, se elimina del texto original la alusión a que "en ningún caso podrá ser inferior a un metro cuadrado por persona". "Para el cálculo de dicho aforo se tendrá en cuenta lo establecido en el Código Técnico de la Edificación, sin perjuicio de que el órgano competente establezca un aforo distinto de forma motivada".
"La terraza de veladores es un tipo de instalación asentada en la tradición de la ciudad, tal y como expresa la Exposición de Motivos de la propia ordenanza, que contribuye al esparcimiento y a las relaciones sociales, formando parte de la imagen de la ciudad", justifica el gerente de Urbanismo en su escrito. "La actividad hostelera es uno de los motores económicos de la ciudad, por lo que, en consecuencia, la terraza es un elemento importante en el desarrollo de la misma, siendo el velador un elemento de uso tanto por los vecinos y residentes de la ciudad como por los turistas y visitantes".