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EMPLEO

Juanma Lorente, abogado laboralista sevillano: "Ciertas personas pueden cobrar lo mismo de baja que trabajando"

El experto ha mostrado cuáles son los trabajadores que pueden acceder a la totalidad de su salario mientras se encuentran en situación de incapacidad temporal

Juanma Lorente, abogado laboralista sevillano: "Ciertas personas pueden cobrar lo mismo de baja que trabajando"

Juanma Lorente, abogado laboralista sevillano: "Ciertas personas pueden cobrar lo mismo de baja que trabajando"

Sarai Bausán García

Sarai Bausán García

Las bajas médicas están pensadas para cubrir la pérdida de rentas del trabajador a causa de una enfermedad o un accidente con el fin de que puedan seguir recibiendo ingresos mientras se ausentan de su puesto de trabajo por sus problemas de salud. Sin embargo, a pesar de que esta prestación les permite acceder a esta cuantía mientras se encuentran recuperándose, no recibirán la totalidad de su salario, sino un porcentaje de él a través de esta Prestación de Incapacidad Temporal, a excepción de unos empleados en concreto que podrán cobrar el 100% de su nómina.

Así lo ha explicado Juanma Lorente, abogado laboralista sevillano, que ha asegurado: "Puedes llegar a cobrar lo mismo de baja que trabajando. Pero, eso sí, no todo el mundo". Tal y como ha relatado, en los casos de baja médica por enfermedad común y accidente no laboral, el trabajador no cobra nada durante los tres primeros días, mientras que recibe el 60% de su base reguladora entre el cuarto día y el 20, que asciende al 75% desde el día 21.

Los porcentajes de la base de cotización según cada baja laboral

Para quienes se acojan a la baja por enfermedad profesional o accidente de trabajo, recibirán el 75% de la base reguladora desde el primer día, cifra que se situará en el 60% desde el primer día y el 75% desde el día 21 en las bajas por menstruación incapacitante secundaria. Para los casos de interrupción del embarazo y baja por gestación, se recibirá el salario el primer día, al que seguirá el 60% de la base reguladora desde el segundo día al día 20 y el 75% a partir de entonces.

"Lo que no sabe todo el mundo es que hay ciertas personas que tienen derecho a cobrar el 100% de su salario desde el primer día que están de baja, y no esos porcentajes", ha recalcado el experto, que ha afirmado que, además, es "muy fácil" saber qué trabajadores tienen derecho a cobrar la totalidad de su base reguladora en lugar del 60 y 75% de la misma.

Cómo saber si puedes cobrar todo el salario de baja, según el abogado sevillano

Y para descubrirlo, según ha asegurado Lorente, tan solo es necesario observar el convenio colectivo del empleado, que mostrará si su convenio mejora lo establecido por la Seguridad Social durante la baja para que reciba su salario completo. "Busca cuál es tu convenio colectivo y fíjate en él para ver si durante tu baja tienes derecho a cobrar el 100%, o el 80% o el 90% en un tiempo".

"Cada convenio colectivo regula las obligaciones de la empresa durante la baja respecto a los trabajadores de una manera", ha continuado asegurando Lorente. De igual modo, ha añadido que en los casos en los que el convenio colectivo no especifique nada con respecto a las bajas laborales, el trabajador se acogerá a los porcentajes de la Seguridad Social del 60 y 75% de la base de cotización. "Pero si ese convenio mejora tus condiciones estando de baja, fíjate. Y si la empresa no lo está cumpliendo, reclámalo, porque estás perdiendo dinero", ha añadido.

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