Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Darío García, asesor jurídico: "Para reclamar al seguro daños por inundación haz fotos y guarda pruebas"

El socio de MDG Fincas | Jurídico recalca la importancia de tener las facturas de todo lo que se haya dañado

Avenidas anegadas en Sevilla Este tras las lluvias torrenciales que se originaron en la capital hispalense el pasado 29 de octubre de 2025

Avenidas anegadas en Sevilla Este tras las lluvias torrenciales que se originaron en la capital hispalense el pasado 29 de octubre de 2025 / Rocío Ruz - Europa Press

Domingo Díaz

Domingo Díaz

Las inundaciones en Sevilla por culpa de distintos temporales han traído consigo un aluvión daños. Desde el pasado 29 de octubre, son muchos los residentes de la capital hispalense preocupados por qué hacer o cómo actuar tras los siniestros acaecidos por una tromba histórica según el Ayuntamiento, aunque no para la AEMET.

Aunque pueda parecer que no, es importante conocer la cantidad de agua que cae cuando ocurren los siniestros. Dependiendo de esto, se tendrá que hacer responsable la compañía de seguros o el consorcio.

Pero para llegar a conocer eso, antes hay que hacer muchas otras cosas. El experto Darío García, socio de MDG Fincas | Jurídico, explica a El Correo de Andalucía cómo se debe actuar en caso de que la lluvia provoque desperfectos en tus bienes muebles e inmuebles.

Dario García, socio de MDG Fincas

Dario García, socio de MDG Fincas | Jurídico / Cedida

1.- ¿Cuál es el primer paso?

El primero de todo es documentar todos esos daños. Bien sean fotografías, vídeos... Hay que hacer un balance. Es decir, un inventario de los bienes o cosas que se han dañado. En el caso de las viviendas y locales, si tenemos facturas o justificantes de compra de lo que se haya dañado es importante.

Luego, en el tema del coche exactamente igual. Todo lo que podamos acreditar de esos daños y sobre todo el valor de los mismos es importante.

Después, una cosa que creo que es básica y que mucha gente desconoce, es que el consorcio de compensación de seguros actúa siempre y cuando uno tenga un seguro. Si yo no tengo un seguro, el consorcio no me cubre nada. De hecho, en tu póliza de seguros tiene que haber una partida que va destinada al consorcio. Por eso el consorcio responde cuando se ha producido ese siniestro.

Lo primero que tenemos que hacer después es ponernos en contacto con nuestra compañía de seguros, la que sea. Porque en el caso de una inundación meteorológica, para que se haga cargo el consorcio se tienen que superar unos umbrales que marca la póliza. Cuando se superan, el Consorcio entra en acción. Si el umbral no se supera, hay que mirar si la póliza lo cubre o no, algo que ya depende de cada seguro.

En caso de que sea consorciable, el seguro te abre el parte de siniestro y es quien se lo comunica al consorcio de compensación de seguros.

Así debe ser con cualquier seguro. El multirriesgo hogar, el de vehículos, el de comercio. Normalmente, las compañías lo suelen abrir así.

Otra manera es llamar directamente al Consorcio. Yo siempre recomiendo trabajar con una correduría de seguro.

2.-¿Cuándo debo avisar de lo ocurrido?

La ley siempre dice que hay que comunicarlo lo antes posible. Pero desde que uno tiene conocimiento. Porque es verdad que el asegurado tiene la obligación de aminorar los daños. Se dice siete días desde que sucede el siniestro o bien desde que somos conscientes de los daños. Por ejemplo si llego a mi casa después de dos meses y me la encuentro inundada, pues desde ahí. Una cosa realista. No puede ser que a mí se me ha olvidado y ahora voy a dar parte

3.-Si no me responden desde el seguro o desde el consorcio, ¿qué hago?

Poner una reclamación en la compañía de seguros o bien en el consorcio de compensación de seguros. Ahí no podemos hacer otra cosa hasta que atiendan el requerimiento. Es verdad que cuando hay una catástrofe grande, por ejemplo, la de Valencia, pues lógicamente si de normal todo va lento, pues se ralentiza muchísimo más.

Porque no hay personal suficiente para atender estas cuestiones y los seguros van atendiendo en función de la urgencia del siniestro.

4.-¿Cuánto tiempo puede tardar un perito hasta que venga?

Pues depende de la urgencia y del problema. Normalmente, una semana no te lo quita nadie. Si nos hacemos a la idea de que hay un desbordamiento de siniestros, los peritos siguen siendo los mismos.

Cuando la dada de Valencia, fueron muchos peritos a nivel nacional los que se tuvieron que desplazar a Valencia para suplir esa carencia de peritajes. No había personal suficiente para atenderlo todo de normal. Está todo muy colapsado y si pasa una cosa así tan grave, pues se complica mucho más.

5.-¿No puedo arreglar nada hasta que venga el perito?

Si arreglamos algo, la aseguradora, el consorcio también, pedirá facturas. Yo no puedo esperar, imagínate que me quedo sin luz en mi casa, no puedo estar esperando dos días hasta que venga el perito. Entonces, ¿qué se recomienda? Siempre ponerse en contacto con la compañía de seguro, o bien con el consorcio, informar de que vas a reparar tú esa herida y, sobre todo guardar, tanto fotográficamente como documentalmente, la información relativa a esa reparación que has hecho tú, porque después la tienes que acreditar para que te la compensen.

6.-¿Cuánto pueden tardar las indemnizaciones por los daños?

Pues tres cuartos de lo mismo. La ley de compensación del seguro dice que el asegurador deberá efectuar, dentro de los 40 días primeros desde que se declara el siniestro, al pago del importe mínimo de lo que el asegurador pueda deber según las circunstancias que conoce. Es decir, que la compañía de seguro debería indemnizar al perjudicado con un importe mínimo de la indemnización que le pueda corresponder.

En el caso del consorcio de seguros normalmente esto no es así, pero bueno, en el caso de la aseguradora sí. El consorcio puede tardar en pagar meses y años.

7.-¿En base a qué se calculan esas indemnizaciones?

Todo depende del valor del bien que tengas. Tanto el valor real como el de la póliza. Si tienes asegurada una casa por 40 euros, pues es un infraseguro, está mal hecho. Se calculan las indemnizaciones según el valor declarado en la póliza. No lo que te costó. Es el valor venal.

Tracking Pixel Contents