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Tribunales

Siete años y medio de cárcel por abusar sexualmente de las hijas de su pareja: "Aprovechó la confianza de las menores"

El TSJA apunta que el recurso del acusado trató de "enturbiar la credibilidad de las menores atribuyéndoles incoherencias"

Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla.

Fachada de la Audiencia Provincial de Sevilla. / Europa Press

Domingo Díaz

Domingo Díaz

Un varón abusó sexualmente en Sevilla de las dos hijas menores de su pareja. Convivía con ellas desde que eran muy pequeñas, se comportaba "como si de un padre se tratara" y se aprovechó de la "estrecha relación familiar y de confianza que le unía a las menores", que sufrieron los abusos entre los 8 y 12 años y a los 10.

El TSJA ha confirmado la condena emitida por este caso para la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla. Falla contra él una pena de cinco años y tres meses de cárcel como autor de un delito continuado de abuso sexual y dos años de prisión por otro delito de abuso sexual.

A la hija mayor, según los hechos probados de la sentencia, el hombre le realizó tocamientos entre los 8 y los 12 años. "Aprovechando que se encontraba solo en la vivienda con la menor o que su madre y hermanas dormían, se acercaba a ella y, con ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, le tocaba los pechos, bajando lentamente las manos hasta tocarle los genitales, por encima de la ropa", explica la sentencia.

El 14 de noviembre de 2019, cuando la menor de las niñas tenía 10 años, el condenado se tumbó en el sofá junto a ella. "Cuando ésta se encontraba viendo la televisión comenzó a realizarle caricias en el vientre, por debajo de la ropa, descendiendo hacia los genitales". No llegó a tocarle porque la niña "se levantó y se fue a la habitación de su madre".

Las dos menores contaron lo ocurrido a su madre al día siguiente cuando salió del trabajo. Ella denunció lo ocurrido tres días después. La mayor de las niñas padece un trastorno de estrés postraumático.

"Enturbiar las credibilidad de las menores"

La sentencia confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de la Junta de Andalucía rechaza la apelación realizada por el hombre a la dictada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla. La sala de apelación no ve base para desautorizar el relato de las menores.

Entre sus argumentos se recoge que el recurso del condenado "trata de enturbiar la credibilidad de las menores atribuyéndoles incoherencias y falta de corroboración a sus manifestaciones". Respecto de la mayor de las jóvenes, el recurso "se dedica a criticar lo que denomina su trayectoria de vida seguida con posterioridad al periodo temporal en que se ubican los hechos". Es decir, cuestiona "su devenir en el ámbito personal y familiar y sugiriendo un influjo o inducción sobre las menores por parte de la madre".

El TSJA afirma que "no es verosímil que ambas hermanas, en una suerte de contubernio para dañar en lo posible a su padrastro a cualquier precio, se hayan concertado para inventar los ataques de carácter sexual que denunciaron en su día y cuyo relato han venido sosteniendo desde entonces inalteradamente".

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