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EMPLEO

Juanma Lorente, abogado laboralista sevillano: "Estos son los descansos innegociables que la empresa te tiene que dar sí o sí"

El experto ha asegurado que estas paradas son obligatorias y no dependen de la política de la empresa

Juanma Lorente, abogado laboralista sevillano: "Estos son los descansos innegociables que la empresa te tiene que dar sí o sí"

Juanma Lorente, abogado laboralista sevillano: "Estos son los descansos innegociables que la empresa te tiene que dar sí o sí"

Sarai Bausán García

Sarai Bausán García

En muchas ocasiones, el desconocimiento de las condiciones laborales reales hace que los trabajadores lleven a cabo ciertos sobreesfuerzos o no disfruten de algunos de los beneficios que podrían tener y que les aligeraría su día a día. Para ayudar a los empleados con esta situación, el abogado laboralista sevillano Juanma Lorente ha explicado los descansos que son obligatorios en cualquier puesto de trabajo y empleo.

"Estos son los descansos a los que tienes derecho en tu trabajo. Son innegociables y sí o sí, la empresa te los debe dar", ha asegurado el profesional. Entre ellos, destaca un receso de, al menos, 15 minutos, cuando la jornada laboral alcance o exceda las seis horas continuadas de actividad.

El abogado explica los descansos a los que tienen derecho todos los trabajadores

Sobre este asunto, el abogado ha explicado: "Si tienes una jornada partida de cuatro horas y cuatro horas, no tendrás derecho a este descanso, pero si la jornada es continuada y llegas a las seis horas, tienes derecho a este descanso, que será de 15 minutos". Además, ha señalado que, dependiendo del convenio colectivo, quizás sea necesario recuperar estos 15 minutos al final de la jornada.

A este derecho se une también un descanso mínimo de 12 horas entre jornadas laborales, para que el trabajador pueda descansar y desconectar correctamente. "Es innegociable", ha asegurado el profesional. Y ha añadido: "Eso de salir a las once de la noche, cerrar un negocio y volver a entrar a las nueve de la mañana del día siguiente está totalmente prohibido. Y si esta es la tónica habitual de tu empresa, reclama, porque no se puede, es ilegal".

Descansos en el trabajo obligatorios, según el abogado sevillano

Lorente también ha afirmado que todos los trabajadores tienen derecho a un descanso semanal que sea, como mínimo, de 36 horas, es decir, un día y medio, que se podrá acumular en periodos de 14 días para que el descanso sea mayor: "Tú podrás trabajar dos semanas y, después, descansar el doble, es decir, tres días. Eso es legal".

Además, los empleados también tienen el derecho innegociable de disfrutar, como mínimo, de 30 días naturales o 22 días hábiles de vacaciones al año. Y ha añadido: "Estos descansos son obligatorios y no dependen de si al jefe le vienen bien".

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