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Las viviendas turísticas de Centro y Triana anteriores a 2024 deberán legalizarse y acreditar que cumplen la ley andaluza

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente abrirá un procedimiento para que se regularicen todos los pisos que estaban en servicio antes de que se declararan las zonas saturadas

Un turista accede a un piso turístico en Sevilla

Un turista accede a un piso turístico en Sevilla / Jorge Jiménez

En octubre de 2024 Sevilla se convirtió en una de las primeras ciudades andaluzas en decretar zonas saturadas y limitar la apertura en ellas de nuevas viviendas turísticas. Concretamente, la medida afectó al Casco Antiguo y a prácticamente todo el barrio de Triana. En ninguna de estas zonas se debían autorizar desde entonces pisos turísticos. Durante los primeros meses si se inscribían en el registro con una declaración responsable posteriormente podían ser canceladas. Desde octubre, además, directamente se bloquea su registro y no pueden darse de alta.

Pero esta medida sólo afectaba a las viviendas que se dieran de alta a partir de octubre de 2024. No tenía, por tanto, efectos retroactivos. Sin embargo, la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente, apoyándose en una instrucción de la Consejería de Turismo del pasado mes de noviembre ha acordado instar a todos los pisos turísticos de esas zonas a que inicien un procedimiento para su legalización. En este trámite se comprobarán además si cumplen con las "condiciones urbanísticas" para el cambio de uso.

"Las viviendas de uso turístico que se encuentren dadas de alta en el registro de turismo autonómico cuyo inicio de actividad sea anterior a la entrada en vigor de la limitación de viviendas por barrios y que cumplan con las condiciones urbanísticas para el cambio de uso pueden legalizar el uso turístico presentando la documentación requerida con el correspondiente título habitante", recoge la nueva instrucción que aprueba este martes la comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente.

Cuál es la nueva normativa urbanística aprobada desde 2024

El decreto aprobado por la Consejería de Turismo en febrero de 2024 establece una serie de requisitos que debe cumplir cualquier piso para ser vivienda turística entre ellos tener unas dimensiones mínimas de 14 metros cuadrados por plaza, disponer de un mínimo de baños, tener ventilación o sistemas de refrigeración y calefacción. Estas condiciones que no se revisaban hasta la aprobación de esa norma en 2024 deberán ser ahora acreditadas por los pisos turísticos de Sevilla.

En el caso del Ayuntamiento de Sevilla, el cambio normativo es anterior. Data de 2022 cuando se modificó el PGOU para asemejar las viviendas turísticas al resto de servicios de carácter turístico como los hoteles o los apartamientos turísticos exigiendo, entre otras cuestiones, una salida propia o limitando el espacio que deben ocupar en un edificio que sea de uso residencial.

Todas estas cuestiones incorporadas no se estaban revisando de oficio en las viviendas dadas de alta antes de esas fechas y ahora, según esta instrucción, deberán pasar un nuevo filtro.

¿Se pueden alquilar habitaciones en viviendas?

La Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente del Ayuntamiento de Sevilla aprovecha esta instrucción para desarrollar su propia limitación de zonas saturadas e incluir un nueva interpretación: los alquileres por habitaciones quedan también prohibidos en las zonas saturadas como son Centro y Triana.

"La limitación por barrios se extiende a las viviendas de uso turístico por habitaciones ya que se trata de un servicio de alojamiento turístico conforme al Decreto 31/2024 de 29 de enero de la Consejería de Turismo de la Junta de Andalucía", recoge la instrucción que aborda este martes la comisión ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo.

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