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Así han sido las primeras multas a patinetes por la Policía en Sevilla: 200 euros por no llevar casco o chaleco reflectante

La Policía ha localizado infractores sin casco o sin documentación en distintos puntos de Sevilla

VÍDEO | Así están multando en Sevilla con la nueva ordenanza de patinetes

El Correo

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Sevilla

Usuarios de patinetes sin casco, sin chaleco reflectante o sin la documentación del seguro. La Policía Local de Sevilla ha iniciado este lunes su campaña de sanciones con base en la nueva ordenanza que se ha convertido en una de las más restrictivas del país. Las primeras sanciones se han situado en torno a los 200 euros en el mayor de los casos aunque pueden elevarse hasta los 500 euros.

"Todo el mundo debe conocer la normativa que se aplica a los patinetes. Por la acera en zonas peatonales no se puede circular y es obligatorio el casco", explican desde la Policía Local que tras una semana de campaña de concienciación desde la entrada en vigor de la norma ha iniciado ya las actuaciones de control con campañas específicas en distintos puntos de la ciudad.

La estampa que se han encontrado los agentes refleja un elevado número de incumplimientos especialmente en las nuevas obligaciones que se han incorporado ahora en la normativa. "La mayoría cumple, pero hay matices especialmente con el casco, los auriculares o la conducción por las aceras. Y por supuesto el seguro. Son las infracciones que más se han estado controlando", apuntan desde la Policía Local. En esta primera jornada, incluso han tenido que perseguir a usuarios que querían eludir los controles.

Además, la Policía ha detectado casos de patinetes en los que circulaba más de una persona o menores que conducían un vehículo eléctrico pese a que de acuerdo con la nueva normativa la edad media son los 15 años.

La nueva ordenanza

En el nuevo texto, se definen los vehículos de movilidad personal de acuerdo con la normativa estatal: "Un vehículo de una o más ruedas dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h". También, conforme la normativa estatal:

  • Se mantiene la prohibición de circulación por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos. No podrán ser ocupados por más de una persona y deberán disponer de alumbrado reglamentario.
  • Deberán disponer de seguro de responsabilidad civil, el certificado de circulación y deberán estar registrados en el registro de la DGT. La normativa estatal de la DGT contempla la obligatoriedad del seguro a partir del 2 de enero.
  • Se mantiene la prohibición de conducir utilizando auriculares, sistemas de audio, teléfonos móviles o cualquier dispositivo de comunicación. No se permite la circulación con tasas de alcohol o drogas.

Conforme a la normativa de esta ordenanza para la circulación de la ciudad de Sevilla:

  • Únicamente se permitirá la circulación por las vías ciclistas cuando la potencia nominal no exceda de 250 W, sin superar los 15 km/h, y reducirla a 10 km/h en itinerarios ciclistas compartidos con peatones, debiendo respetar en todo caso la prioridad peatonal.
  • Serán de aplicación las restricciones previstas para las bicicletas, incluida la obligación de desmontar en los horarios, fechas o circunstancias de aglomeración que así lo exijan.
  • Queda prohibido estacionar en aceras y zonas peatonales, así como anclarlos a elementos del mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcamientos de bicicletas. El estacionamiento solo podrá efectuarse en los espacios específicamente habilitados a tal fin.
  • Será obligatorio el uso de chaleco reflectante y casco de protección homologado, debidamente abrochado, en todo momento.
  • Se mantiene la edad mínima para circular en 15 años. Este es un requerimiento expreso hecho por la Policía Local porque considera que es la misma edad que permite el uso de una motocicleta.

Sanciones que suben hasta los 500 euros

En cuanto al régimen sancionador, el nuevo texto de la ordenanza contempla la normativa estatal de Tráfico y Seguridad Vial y la relativa al seguro de responsabilidad civil. Tendrá consideración de sanción leve estacionar en aceras, zonas peatonales, así como anclarlos a mobiliario urbano, arbolado, señalización de tráfico o aparcamientos de bicicletas.

Son infracciones graves circular sin cumplir la edad mínima de 15 años, no utilizar el casco de protección obligatorio abrochado o chaleco reflectante, y circular por vías ciclistas con un patinete cuya potencia exceda de 250 W. Y tendrá la consideración de infracción muy grave circular con un patinete manipulado o alterando las características técnicas o en los elementos regulados por el Manual de Características Técnicas.

Las multas mantienen la cuantía ya establecida excepto el límite máximo de las sanciones muy graves que pasa de 400 a 500 euros. Quedan de la siguiente manera:

  • Infracciones leves: multa de 50 a 100 euros.
  • Infracciones graves: multa de 101 a 200 euros.
  • Infracciones muy graves: multa de 201 a 500 euros.
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