Sorpresa en la SE-30: sancionado por circular en patinete eléctrico por la autovía
El conductor del patinete eléctrico que circulaba por la SE-30 puso en riesgo la seguridad vial y su propia integridad física, según informaron las autoridades a través de sus redes sociales

El Correo

La Policía Local de Sevilla ha sorprendido a un usuario de vehículo de movilidad personal (VMP) circulando nada menos que por la autovía SE-30, una vía de alta capacidad prohibida para este tipo de dispositivos. El conductor del patinete eléctrico ha sido denunciado y se le ha incoado un expediente sancionador por conducción temeraria, al poner en riesgo tanto la seguridad vial como su propia integridad física.
Según informa Emergencias Sevilla en redes sociales, los hechos tuvieron lugar este martes 3 de marzo y el expediente abierto al usuario del patinete eléctrico que circulaba por la SE-30 obedece al "riesgo para el tráfico y para su propia integridad física".
La Policía Local de Sevilla comenzó el pasado lunes 2 de marzo a multar a los usuarios de patinetes eléctricos que no cumplan con la normativa municipal que regula el uso y la circulación de los VMP.
Pese a la entrada en vigor de la reforma de esta normativa el pasado 25 de febrero, durante los primeros días tan solo se procedió a "informar" a los usuarios de esta tipología de vehículos de al nuevo texto. En concreto, durante la jornada de este miércoles, 200 usuarios fueron informados de las novedades.
Casco homologado y límite de 15 km/h en VMP
Entre las modificaciones más particulares que afectan al usuario se encuentran la prohibición de estacionar en aceras y zonas peatonales, así como anclarlo a elementos de mobiliario urbano o arbolado, entre otros, dado que el estacionamiento solo podrá ser realizado en los espacios habilitados para ello. Asimismo, cabe destacar la obligación de emplear chaleco reflectante y casco de protección homologado.
El texto indica que se permitirá circular únicamente por vías ciclistas de la ciudad a los VMP cuya potencia nominal no exceda de 250 W, sin superar los 15 km/h, y reducirla a 10 km/h en itinerarios ciclistas compartidos con peatones.
Asimismo, aplica a los mencionados vehículos las restricciones previstas para las bicicletas, incluida la obligación de desmontar en los horarios, fechas o circunstancias de aglomeración que así lo exijan y mantiene la edad mínima para circular con VMP los 15 años, un "requerimiento expreso hecho por la Policía Local porque considera que es la misma edad que permite el uso de una motocicleta".
Por su parte, conforme a la normativa estatal, se mantiene la prohibición de circulación de los VMP por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos, los vehículos no podrán ser ocupados por más de una persona y deberán disponer de alumbrado reglamentario. Asimismo, deberán disponer de seguro de responsabilidad civil, el certificado de circulación y deberán estar registrados en el registro de la DGT.
La prohibición de conducir un VMP utilizando auriculares, sistemas de audio, teléfonos móviles, cualquier dispositivo de comunicación o bajo tasas de alcohol o drogas, se mantiene de igual forma.
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