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Alcalá de Guadaíra también se lanza a limitar los usos del patinete eléctrico: estas son las obligaciones y prohibiciones

El Consistorio alcalareño informa que, tras la campaña informativa, se multará a quienes incumplan la normativa, que incluye la prohibición de usar móvil o auriculares al conducir patinetes

Una persona circula en patinete eléctrico.

Una persona circula en patinete eléctrico. / Ricardo Rubio - Europa Press

El Correo

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Sevilla

El Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra (Sevilla) ha lanzado una campaña de concienciación sobre el uso responsable de los vehículos de movilidad personal, conocidos popularmente como patinetes, en pro de la seguridad vial y personal y de acuerdo con la ordenanza de tráfico y normativas superiores, como el Decreto de la Dirección General de Tráfico que establece los requisitos obligatorios para su uso.

Obligación de cumplir las normas de circulación

El delegado municipal de Gobernación, Pedro Gracia, ha recordado que, al ser considerados como vehículos a todos los efectos, sus conductores "están obligados a cumplir las normas de circulación y documentación como el resto de personas usuarias que circulan en vehículo por el viario y, específicamente, los usos y requisitos estipulados para los mismos".

A esta campaña informativa, con un periodo transitorio para la obtención del seguro obligatorio, le seguirá la imposición de sanciones a los infractores según la normativa vigente, según ha indicado el Consistorio en una nota.

Normas de circulación y requisitos obligatorios

Las normas de circulación estipulan que estos vehículos de una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que puedan proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h, no pueden transitar por las aceras o zonas peatonales, ni transportar a más de una persona.

Asimismo, queda totalmente prohibido el uso del móvil o auriculares y la conducción bajo los efectos del alcohol u otras drogas. En cuanto a los requisitos obligatorios se encuentran el chaleco reflectante en condiciones de baja visibilidad y, por la noche, los catadióptricos (reflectantes), así como la luz delantera y trasera, el timbre y la matrícula, y uso del casco, recomendable homologado.

Zonas prohibidas y certificación obligatoria

La circulación de estos vehículos está prohibida por travesías, vías interurbanas y autopistas y autovías, así como por túneles urbanos.

Para poder circular, los VMP deberán contar con el certificado de inscripción en el Registro de vehículos personales ligeros a través de la sede electrónica de la DGT y portar la etiqueta identificativa (matrícula) que se genera en el proceso.

Con el certificado de inscripción, también se puede solicitar la contratación del seguro obligatorio del VMP. En caso de dudas, la DGT dispone del teléfono 060 para atender a los ciudadanos.

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