Sevilla
El bienestar animal, en el foco: el Ayuntamiento de Sevilla cambiará la norma de los coches de caballos para "evitar sufrimientos innecesarios"
El Gobierno de José Luis Sanz ha sacado a consulta pública una modificación en la ordenanza vigente dirigida a "implementar medidas del cuidado de los caballos", entre otras cuestiones

Un coche de caballos paseando por el centro de Sevilla. / Marina Casanova / ECA

La tonalidad exacta del carruaje, la obtención de licencias, las dimensiones del escudo de la ciudad en los laterales o la uniformidad de los cocheros. Todos estos aspectos están recogidos en la normativa vigente que regula los coches de caballos en Sevilla. Sin embargo, cuesta encontrar referencias sobre uno fundamental: las condiciones para preservar el bienestar de estos animales. Un elemento que ahora el Gobierno de José Luis Sanz está dispuesto a reforzar en una nueva modificación de la ordenanza, que ha sometido a consulta pública desde este pasado lunes.
En concreto, el Ayuntamiento quiere "implementar medidas del cuidado de los caballos y su adecuada explotación y que eviten cualquier dolor, sufrimiento o daño innecesario", según consta en el anuncio de la consulta previa. Con esta decisión, se pretende "solucionar problemas" actuales en esta actividad "teniendo en cuenta la especie, el grado de desarrollo, adaptación y domesticación de los animales, así como sus necesidades fisiológicas y etológicas, de acuerdo con la experiencia adquirida, los conocimientos científicos y la normativa comunitaria y nacional aplicable".
Esto engloba también "el desarrollo de la actividad en condiciones climáticas extremas". Justo una de las reivindicaciones históricas de los colectivos animalistas de Sevilla, donde es habitual que los termómetros alcancen -e incluso superen- los 40 grados. Asimismo, el Consistorio regulará "las facultades de inspección y control, incluyendo las medidas sanitarias y las inspecciones veterinarias, tanto durante la prestación del servicio como en las cocheras municipales, con el objeto de prevenir enfermedades contagiosas y garantizar la salud y bienestar animal".
Sin bienestar animal en la norma vigente
Esta actividad económica se rige en la capital andaluza por una ordenanza con 20 años de antigüedad, que solo se ha modificado en una ocasión (en 2014). En total, esta normativa tiene cinco capítulos con hasta 40 artículos diferentes sobre "el servicio de transporte de viajeros en carruajes". Aunque casi no hay rastro de las normas a cumplir respecto al bienestar de los caballos, los animales encargados de tirar de estos vehículos.
Entre las referencias, la norma establece que "los atalajes de las caballerías no presentarán uniones que sean susceptibles de producir heridas". También refleja la obligatoriedad de someter a las caballerías a los correspondientes controles veterinarios y de mantener las cocheras "en perfecto estado de limpieza y mantenimiento (...) cumpliendo las máximas normas de higiene y salubridad". La modificación de 2014, además, limita el uso del látigo "a las imprescindibles necesidades de la conducción con chasquidos". Y añade: "nunca directamente sobre la caballería".
Sobre la responsabilidad de los cocheros sobre la caballería, la norma únicamente menciona que los conductores deberán "acreditar conocimientos suficientes" sobre "la estructura, funcionamiento, entretenimiento y conservación de un coche de caballos, sistema de frenado, guarnición, cuidado y manejo de los animales de tiro, etcétera". Sin embargo, no da más detalles ni especifica cuáles son estos "conocimientos".
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