El joven que violó a su mejor amiga menor de edad en Sevilla, condenado a cuatro años y diez meses de prisión
Aprovechó que habían bebido y ella se mareó para besarla en un portal y meterle la mano bajo la falda, a pesar de que ella se opuso

Audiencia de Sevilla. / E.P.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la conedena a cuatro años y diez meses de prisión a un joven por un delito de abuso sexual con introducción de miembros corporales por vía vaginal a su mejor amiga. Los hechos ocurrieron durante la primavera de 2021, cuando la chica tenía 17 años, tras haber estado bebiendo alcohol junto a otro varón en casa de ella, celebrando que había aprobado las pruebas de acceso a bachillerato.
La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla apuntó que en su relato de hechos que la joven invitó a su mejor amigo y a otro chaval al que les unía una relación de amistad a su casa, aprovechando que no estaban sus padres. "Tras consumir los tres algunas bebidas alcohólicas, el acusado se percató de que A estaba notoriamente afectada por esa previa ingesta".
El acusado recibió una llamada por parte de un familiar para que volviera a su domicilio y aprovechó la situación para pedirle a la joven que le acompañara. El otro joven se dio cuenta de las intenciones que tenía su amigo y se ofreció a acompañarles porque ella no se encontraba bien.
El relato de hechos asegura que el joven "rechazó con vehemencia" el ofrecimiento de su colega y "ambos varones comenzaron a discutir". La discusión se rompió cuando la víctima aceptó acompañar a su mejor amigo hasta su casa.
En el trayecto, la joven se sintió mareada y se apoyó en la pared. Su mejor amigo aprovechó para besarla y meterle la mano para la falda, introduciéndole "los dedos". El acusado comenzó a moverlos y un coche que le hizo las largas y él se fue a su casa. La víctima volvió a su casa, donde aún estaba el otro varón, y comenzó a vomitar.
El acusado regresó de nuevo al domicilio de la víctima asegurando que sus padres le habían echado de casa. "Mientras ella estaba adormilada en el sofá, el acusado se acercó a ella y empezó a darle besos en el cuelllo y en la mejilla y a acariciarla", afirmó. El otro hombre se lo reprochó de nuevo.
Los hechos provocaron a la víctima "una sintomatología compatible con victimización sexual, como alteración de los patrones de alimentación, rutina de vida y rememoración traumática de los hechos".
El acusado le preparó la segunda copa
El varón apeló la sentencia por error en la valoración de la prueba. El TSJA lo rechazó.
Entre los argumentos esgrimidos por la sala de apelación, hace mención a la congruencia de los relatos. Apunta que la víctima y el otro varón aseguraron que ella bebió una primera copa. Después, el acusado le preparó una segunda copa a la víctima, tras lo que esta comenzó a sentirse mareada.
"Incluso la declaración de acusado aporta cierta información corroboradora del relato de la denunciante", apunta la sala. Se refiere a que él mismo aseguró que ella "iba a gusto". La sala destaca que el varón en sede judicial apuntara que ella iba "tambaleándose", mientras que luego no llegó a tal extremo. "Resultando ciertamente significativo que a pesar de que fue él quien pidió a la chica que lo acompañara a su casa, se marchara a su domicilio dejándola sola en ese estado, teniendo que regresar la misma con dificultades al suyo, conducta que hace más creíble la explicación de la víctima".
Además, se reseña que se fuera del lugar cuando un vehículo los alumbró, "justo cuando la estaba agrediendo sexualmente, lo que cabe interpretar como un intento de evitar que fuera descubierto si el conductor del automóvil se hubiera percatado de lo que ocurría".
Por tanto, el TSJA cree que "la defensa no aporta en su recurso argumentos susceptibles de poner en entredicho la valoración probatoria de la sentencia impuganada".
El tirón de orejas del TSJA a la defensa del acusado
Entre los argumentos esgrimidos por la sala de apelación destaca uno de ellos. Afirma que "no es admisible que invocando el derecho de defensa se trate de desprestigiar gratuitamente a quien ha sido víctima de unos hechos tan graves". El recurso aseguraba que ella le había contado a un amigo que aquella noche se había liado con tres, "algo que no consta que dijera". Además, uno de los supuestos jóvenes no declaró que se hubiese "liado" con ella.
El TSJA recuerda también que el apelante falta a la verdad "cuando afirma que la sentencia adopta la tesis de las acusaciones de que Steven echó alguna sustancia en la copa que sirvió a la víctima, para anular o mejor su voluntad y facilitar la comisión del delito".
"Es cierto que algunas preguntas de las acusaciones se encaminaron a determinar si la joven fue objeto de una posible sumisión química provocada por el acusado, pues resultaba llamativo que nada más probar el combinado que Steven preparó, la joven se sintiera especialmente afectada", recoge el TSJA.
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