Encuentran dormido a un hombre con antecedentes yihadistas en un cuartel de la Guardia Civil de La Roda de Andalucía
El investigado tenía "determinados antecedentes que podían suponer indicios de un potencial riesgo para la seguridad nacional"

Agente de la Guardia Civil junto a un vehículo del instituto armado / GUARDIA CIVIL
EP
Una sentencia del Tribunal Supremo, difundida esta semana por el BOE, arroja luz sobre un insólito suceso ocurrido en el cuartel de la Guardia Civil de la localidad sevillana de La Roda de Andalucía, donde un hombre fue encontrado dormido tras saltar el muro del recinto. Las investigaciones iniciales apuntaron a que se trataba de un individuo con inestabilidad mental, sin riesgo inmediato para la seguridad nacional, aunque con antecedentes de vinculación al radicalismo yihadista.
Según la sentencia, consultada por Europa Press, a las seis de la mañana del 17 de junio de 2025, un agente de la Guardia Civil "salía de su domicilio" cuando se encontró a una persona vestida con ropa paramilitar "tumbada en el rellano de las escaleras" del bloque de viviendas del acuartelamiento del Puesto de la Guardia Civil de La Roda de Andalucía, junto a la puerta de la vivienda de este agente.
Así, prosigue, "al acercarse al individuo, el agente observó que se encontraba dormido y con una mochila en la cabeza haciendo de almohada". Seguidamente, "lo despertó y lo condujo a dependencias oficiales donde, en presencia de otros dos agentes, se procedió a su registro e identificación".
Vinculado al radicalismo yihadista
Tal y como consta en el escrito, en su declaración, el individuo expresó que "tras haber tenido una disputa con un vecino de la localidad la noche anterior, buscó refugio en el cuartel de la Guardia Civil". Para acceder al mismo, "saltó el muro de la instalación, en la que se quedó a dormir", de ahí que apareciese en el referido emplazamiento. De hecho, consultada la base de Seguridad Ciudadana de la Guardia Civil, constaba que "se trataba de una persona inestable vinculada al radicalismo yihadista".
Finalmente, se levantó atestado en el que se instruyeron diligencias a este hombre por un presunto delito de atentado contra los medios o recursos de la seguridad o defensa nacional al, concreta el tribunal, "haber saltado el muro perimetral del acuartelamiento y accedido al interior de las instalaciones". En el investigado concurrían "determinados antecedentes y comportamientos que podían suponer indicios de un potencial riesgo para la seguridad nacional".
De hecho, el hombre tenía diversos antecedentes policiales por delitos de hurto, hurto de uso de vehículos, amenazas, lesiones, atentado contra agentes de la autoridad, así como varias infracciones por portar armas blancas en la vía pública y por tenencia de estupefacientes en la vía pública.
Análisis de sus redes sociales
También se procedió al análisis de sus redes sociales, del que se desprendió que el investigado realizaba publicaciones en las que aparecía "con vestimenta paramilitar, muestra simbología islámica, posaba para las fotografías levantando el dedo índice de la mano derecha, en un gesto denominado en el entorno islámico como Tawhid". Este último simboliza que no hay más Dios que Alá y afirma la creencia monoteísta del Islam.
Así las cosas, "a vista de tales indicios, y para evitar cualquier riesgo grave a la seguridad nacional", se solicitó permiso para analizar la información almacenada en el dispositivo móvil del investigado para "profundizar en el análisis pericial", a través de estos referidos datos accesibles desde el dispositivo. Elaborado el informe técnico-pericial, se llegó a concluir que el hombre era "una persona inestable mentalmente pero que, a priori, no parece suponer un grave riesgo para la seguridad nacional".
Por el momento y según el fallo de la sentencia, será competencia de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Estepa, la plaza número uno en concreto, continuar con el conocimiento de la causa.
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