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MULTAS

Cuidado con aparcar el coche de esta forma tan común: la DGT avisa de multas de 500 euros y la pérdida de 6 puntos a los conductores sevillanos que lo hagan

Esta maniobra solo se puede realizar en las calzadas con un solo sentido de circulación

Coches aparcados en una calle de Sevilla

Coches aparcados en una calle de Sevilla / Jorge Jiménez

Sarai Bausán García

Sarai Bausán García

Después de eternos minutos recorriendo una a una cada calle de alrededor, la desesperación invade a la mayoría de conductores sevillanos y una misma pregunta aparece en sus mentes: "¿Dónde aparco el coche?". Una situación que puede llevarles a realizar maniobras peligrosas para conseguir un hueco libre, como invadir el sentido contrario de la vía para aparcar, un hecho que les puede ocasionar una multa de 500 euros y la pérdida de 6 puntos del carnet.

Tal y como asegura la Dirección General de Tráfico (DGT) y el Reglamento General de la Circulación, el hecho de aparcar en el lado izquierdo de la vía en aquellas calzadas con doble sentido de circulación es una infracción sancionada con una multa económica e, incluso, la pérdida de puntos del carnet.

Los únicos casos en los que se puede aparcar en el lado izquierdo

"Cuando en vías urbanas tenga que realizarse en la calzada o en el arcén, se situará el vehículo lo más cerca posible de su borde derecho, salvo en las vías de único sentido, en las que se podrá situar también en el lado izquierdo", recalca el reglamento sobre esta situación.

Imagen de archivo de coches aparcados

Imagen de archivo de coches aparcados / .

De ese modo, solo estará permitido parar o estacionar el vehículo en el lado izquierdo de la calzada cuando se trate de una vía con un solo sentido de la marcha, en cuyo caso no estaría prohibido cambiar de carril para aparcar al tener ambos la misma dirección.

Esta maniobra está prohibida en vías de doble sentido

Sin embargo, en aquellas en las que existan distintos sentidos de circulación, esta práctica está terminantemente prohibida al obligar al conductor a adentrarse en el carril contrario.

Lo mismo ocurre con las vías interurbanas, es decir, aquellas que se encuentran fuera del núcleo de población, en las que los conductores también están obligados a realizar cualquier parada o estacionamiento en el margen derecho de la calzada y, nunca, en el izquierdo.

En carretera también hay que estacionar en el lado derecho

Así, el reglamento asegura al respecto: "La parada o el estacionamiento de un vehículo en vías interurbanas deberá efectuarse siempre fuera de la calzada, en el lado derecho de esta y dejando libre la parte transitable del arcén".

Para aquellos conductores que no respeten la legislación vigente y estacionen su vehículo en el lado izquierdo de la calzada, la DGT explica que tendrán que hacer frente a multas económicas que van desde los 100 euros hasta 500, así como a la pérdida de puntos del carnet de conducir.

La diferencia de sanciones según la presencia policial

La cuantía y la gravedad de la sanción dependerá de si las autoridades ven al conductor realizan esta maniobra peligrosa o si, únicamente, encuentran su vehículo ya estacionado en el lado contrario.

Para los extremos en los que los agentes vean el vehículo aparcado en sentido contrario, pero no a su conductor realizando la maniobra, se considerará una falta leve sancionada con una multa económica de 100 euros, que se podrá reducir a 50 euros por pronto pago.

Sin embargo, si las autoridades se topan con el conductor invadiendo el sentido contrario de la vía para estacionar, será considerada una infracción grave con una multa de 500 euros y la retirada de 6 puntos del carnet de conductor.

Otras infracciones de aparcamiento con multas económicas

Una misma cuantía económica a la que se enfrentarán los conductores que realicen otro tipo de estacionamientos en lugares prohibidos, como en zonas de carga y descarga durante las horas de uso o en doble fila sin conductor.

El aparcamiento, ‘un infierno’ en Sevilla

El aparcamiento, ‘un infierno’ en Sevilla / Cristina Hache

A estos se suman otros entornos como las paradas de transporte público, las zonas reservadas para personas con movilidad reducida o las destinadas a los servicios de urgencia y seguridad, que harán que quienes estacionen en estos lugares tengan que hacer frente a una multa de 500 euros por realizar una infracción grave.

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