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Tribunales

La Fiscalía solicita 6 años de cárcel para un joven por cortar a otro con una copa de balón en el cuello tras una discusión en un bar

El varón atacó por la espalda a otro cliente del establecimiento después de haber mantenido un rifirrafe con él segundos antes

Un hombre accede a la Audiencia de Sevilla.

Un hombre accede a la Audiencia de Sevilla. / D. D.

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Domingo Díaz

Domingo Díaz

La Audiencia de Sevilla juzga este martes a un joven que cortó en el cuello a otro varón con una copa de balón tras una discusión en un bar de Sevilla. El suceso se produjo en torno a las 19.15 horas del 27 de marzo de 2021, cuando ambos se encontraban en el establecimiento La Cascada.

La Fiscalía cree que el joven, de 18 años en el momento de los hechos, tuvo una discusión con otro cliente. En el momento en el que la víctima se giró "para marcharse y terminar la discusión", el acusado actuó "con el ánimo de menoscabar la integridad física de la víctima" y con "gran rápidez, por la espalda y sin posibilidad de que su oponente se percetara de esta maniobra".

El escrito de acusación explica que le propinó "varios cortes con una copa tipo balón de cristal en el cuello". El agredido cayó al suelo a causa de esta acción y le propinó varias patadas.

El varón sufrió una herida en el cuello de 15 centímetros que dejó expuesto el borde posterior "del esternocleidomatoideo" y la "vena yugular interna con sección de varias ramas". Debajo del lóbulo de la oreja sufrió un corte de cuatro centímetros y múltiples heridas incisas de 1 centímetro en la misma región. Le han quedado cicatrices en el cuello y secuelas psiquiátricas "consistente en reacción emocional en relación a los hechos valorados por analogía como otros trastornos neuróticos.

Un delito de lesiones o lesiones agravadas

La Fiscalía cree que los hechos narrados son constitutivos de un delito de lesiones (con deformidad no grave) del artículo 150 del Código Penal y pide seis años de cárcel. En caso de no quedar acreditada la infracción principal, subsidiariamente el hecho constituye un delito de lesiones agravadas de los artículos 147 y 148. 1 y 2 del Código Penal, con la solicitud de cinco años de prisión.

Cabe recordar que el artículo 150 del Código Penal castiga con pena de prisión de tres a seis años a "quien causare a otro la pérdida o la inutilidad de un órgano o miembro no principal".

Por su parte, el artículo 147 recoge penas de tres meses a tres años a quien "por cualquier medio o procedimiento, causare a otro una lesión que menoscabe su integridad corporal o su salud física o mental". El artículo 148 1. y 2. eleva las penas de prisión de dos a cinco años "si en la agresión se hubieren utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida o salud, física o psíquica, del lesionado" o "si hubiere mediado enseñamiento o alevosía".

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