Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Tribunales

Condenado a un año y nueve meses de prisión por agredir sexualmente a su sobrina de 14 años: el TSJA no acepta su recurso

La madre de la menor también declaró en juicio haber sufrido episodios similares cuando el varón conoció a su hermana

Un hombre accede a la Audiencia de Sevilla.

Un hombre accede a la Audiencia de Sevilla. / D. D.

¿Ya nos sigues?Márcanos como medio preferente
Añádenos en Google
Domingo Díaz

Domingo Díaz

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso de un hombre condenado por agredir sexualmente a su sobrina política de 14 años en el momento de los hechos. El varón le tocó sus genitales por encima del pijama una noche cuando ella dormía en la misma habitación que la hija de este, con la que la víctima mantenía una estrecha relación familiar.

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla le condenó a un año y nueve meses de prisión por el delito de agresión sexual a menor de 16 años. El relato fáctico recogido en la resolución judicial establece que, durante los veranos de 2016 a 2019 -la niña tenía de 10 a 13 años-, ella iba a la piscina de casa de su tío. "Cuando la menor se encontraba en el agua de espaldas, aquel la sujetaba por las caderas y la acercaba hacia sí para que sus genitales rozasen las nalgas de la niña",

De esta manera, en el mes de enero o febrero de 2020, "aprovechando que la niña pernoctaba en el domicilio del acusado junto con la hija de éste, se dirigió de madrugada al dormitorio en que ambas dormían y procedió a tocar a la menor los genitales por encima del pijama, lo que provocó que se despertara".

La defensa pidió ante el TSJA la revocación de la sentencia y la absolución de su cliente. Sin embargo, el tribunal ha rechazado todos sus recursos.

El argumento principal versaba sobre un error en la valoración de la prueba. Creía el acusado que no era creíble que nadie se diera cuenta de lo ocurrido en la piscina y achacó el roce mientras la niña dormía a un acto involuntario mientras "buscaba las llaves del coche".

"La hipótesis sugerida por el acusado apuntando a un roce fortuito en el sofá al coger unas llaves perdidas, aparece desmentida por la propia declaración de la menor, que afirmó de manera firme y sin titubeos el carácter intencional del contacto, en términos plenamente compatibles con los restantes elementos periféricos de corroboración obrantes en la causa", recoge el tribunal, que también rechaza motivos espurios en su declaración.

En este sentido, se valora la declaración de la madre de la niña. "Debe añadirse a todo lo expuesto, como factor que otorga más peso a la imputación, que la madre de la niña afirmó que ella misma había sufrido años antes hechos similares por parte del acusado, en la época en que su hermana lo conoció, prefiriendo pasarlo por alto sin ni siquiera contárselo a nadie, siendo ésta la razón por lo que nunca dudó de la verosimilitud del testimonio de su hija".

Tracking Pixel Contents