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Sevilla

Romualdo Garrido, alcalde de Gines, tras su absolución en el caso de La Pará: "Han sido 10 años muy duros, pero ya ha pasado todo"

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla acordó este pasado jueves el archivo de una causa en la que figuraban como investigados una veintena de personas, entre ellas el propio Garrido

VÍDEO | El alcalde de Gines reacciona tras ser absuelto en el caso de La Pará

El alcalde de Gines reacciona tras ser absuelto en el caso de La Pará / Romualdo Garrido (Facebook)

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Carlos Doncel

Carlos Doncel

Sevilla

"Han sido 10 años muy duros, pero ya ha pasado todo". Estas son las palabras de Romualdo Garrido, alcalde de Gines, tras su reciente absolución en el caso de La Pará, en el que figuraban como investigados una veintena de personas. "Ahora siento mucha paz, la verdad", confiesa este regidor socialista a El Correo de Andalucía. "Y aunque el daño causado es irreparable, ahora solo queremos mirar al futuro".

"Todos y todas sabéis lo mucho que hemos sufrido las 20 personas que hemos padecido en estos años una situación que no le deseo a nadie y con la que, al fin, la Justicia ha terminado", ha afirmado Garrido en un comunicado emitido a través de sus redes sociales. "El daño es, sin duda, irreparable. Se han escrito cientos de páginas en prensa y comentarios maliciosos en redes sociales, tratando de poner en duda la gestión de un evento que es un referente a nivel nacional".

"Han intentado manchar una institución impecable y casi centenaria como es la Hermandad del Rocío, han intentado desprestigiar a los compañeros y compañeras que han pasado en estos años por el Gobierno Municipal, y han intentado ganar en los juzgados lo que una y otra vez pierden en las urnas", ha señalado el alcalde de Gines. "Hoy, son muchas las preguntas que quedan en el aire: ¿quién repara ahora todo esto? ¿quién nos devuelve esos cerca de 4.000 días en los que uno no sabía qué podía esperar del futuro? ¿pedirán perdón los que han causado tanto sufrimiento?".

"Siempre intento quedarme con lo bueno, incluso en las peores situaciones. Por eso, os confieso que he aprendido mucho en estos años, que me han servido, además, para darme cuenta de lo orgulloso que tenemos que estar de nuestro pueblo", ha reconocido Romualdo Garrido en su escrito. "En cualquier otro lugar, todo esto hubiera provocado un terremoto social, pero no en Gines. Y no lo ha hecho porque el pueblo jamás se creyó las sospechas y la basura que otros han ido sembrando".

Absuelto en el caso de La Pará de Gines

La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla acordó el pasado jueves el archivo del caso de La Pará de Gines en el que figuraban como investigados una veintena de personas (entre ellas el alcalde socialista de este municipio). El escrito, firmado por la magistrada Mercedes Alaya, en respuesta a un recurso de los investigados, desestima que se hayan producido los delitos de prevaricación, malversación o falsedad documental en las actuaciones administrativas del Ayuntamiento para la celebración de este evento entre los años 2006 y 2016.

"No existe por lo que respecta al delito de prevaricación el elemento subjetivo del injusto que es el dictar o el omitir el dictado de una resolución a sabiendas de su injusticia conociendo su patente contradicción con el ordenamiento jurídico. En este caso no existió nada de eso puesto que no se produjo por parte de los técnicos, el interventor o el secretario el menor reparo ante la ausencia del procedimiento administrativo que regulara las diferentes contrataciones en relación con este evento", recoge la Audiencia Provincial. Y advierte: "Los miembros de la Junta de Gobierno no fueron asesorados adecuadamente por los técnicos y existía una notable laxitud interpretativa en relación a los contratos menores hasta 2015 debido a una falta de regulación estricta y expresa de la ley".

"Tampoco ve la magistrada indicios del delito de malversación de fondos públicos en la exención de tasas a los empresarios, decisión que el auto justifica: "Las tasas corresponde pagarlas cuando se utiliza un espacio público para el beneficio del sujeto pasivo pero no cuando quien organiza y contrata es el Ayuntamiento en interés general de la ciudadanía". En cuanto a las subvenciones, indica que si bien las mismas contenían "determinadas irregularidades", habiendo sido solicitadas por el Ayuntamiento pero concedidas por la Diputación de Sevilla, "no deja de estar en el marco de la mera infracción administrativa, sin que pueda elevarse a la categoría de delito".

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