Tribunales
El joven que atropelló y mató a una bebé en Sevilla es condenado a tres años y diez meses de prisión por el TSJA
La Sala de Apelación ha elevado la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla en primera instancia

Archivo - Detalle de la fachada principal de la Audiencia Provincial de Sevilla / Joaquin Corchero - Europa Press - Archivo
El joven que atropelló a un bebé de 11 meses en Castilblanco de los Arroyos (Sevilla) ha sido condenado por el TSJA a tres años, diez meses y quince días de prisión. La sala de apelación ha elevado en tres meses la pena impuesta por la Audiencia Provincial de Sevilla tras el recurso de los padres de la niña que murió tras lo ocurrido en noviembre de 2020.
El varón fue condenado por la Audiencia a tres años y dos meses de prisión por un delito de homicidio por imprudencia grave y de un delito de lesiones por imprudencia grave en concurso ideal con un delito contra la seguridad vial, con la atenuante de confesión. Además, se le retiraba el carnet por cuatro años y 8 meses. La sala de apelación, sin embargo, eleva ambos castigos a tres años y cinco meses de cárcel y cinco años sin permiso de conducir. El TSJA sí confirmó la pena por abandonar el lugar de los hechos: cinco meses y 15 días de prisión y privado del permiso de conducir 11 meses más.
El tribunal de apelación recoge que la sentencia de la Audiencia Provincial "individualiza las penas como muy próximas a los límites máximos según el cómputo que la misma aplica, decisión ésta que justifica en parte por la pluralidad de resultados lesivos producidos", pero "no cabe mantener ya esta razón, puesto que esa dualidad de resultados es la causa de la doble agravación que ahora aplicamos". Por este motivo, "se estiman justas las penas" ya citadas.
Cabe recordar que los hechos se produjeron sobre las 15.30 horas del día 23 de noviembre de 2020, cuando el acusado conducía un vehículo de su propiedad procedente de la carretera A-8013 en sentido hacia el término municipal de Castilblanco "después de haber ingerido sustancias estupefacientes que afectaban de forma relevante a sus facultades", accediendo entonces a una avenida y circulando por la misma "a una velocidad superior a la permitida e inadecuada también a las condiciones de la vía por la existencia en las proximidades de un paso de peatones debidamente señalizado".
El TSJA ha explicado que "la ingesta de sustancias estupefacientes y la velocidad excesiva e inadecuada, determinaron que, al efectuar cerca del paso de peatones una maniobra de adelantamiento de un vehículo retro excavadora, atropellara" a la bebé y a su madre, que empujaba el carrito por un paso de peatones "debidamente señalizado". A pesar de ser consciente que había atropellado a la madre, "no detuvo el vehículo, ausentándose del lugar". La menor falleció y la madre tuvo varias lesiones.
El varón avisón a la Guardia Civil una hora y media después del atropello. "Les reconoció personalmente su implicación y les indicó el lugar donde estaba el vehículo, volviendo a admitir en su inicial declaración a presencia judicial aspectos sustanciales en cuanto a su responsabilidad en el mismo y sus consecuencias, y también en el plenario", señala la sentencia.
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