Tribunales
Una trabajadora sevillana logra la incapacidad total por sufrir la enfermedad de Kienböck: la Seguridad Social se la había denegado
La mujer sufría una dolencia en el hueso semilunar de la muñeca que le impedía realizar sus funciones habituales

Intituto Nacional de la Seguridad Social / EUROPA PRESS / Europa Press
Una trabajadora sevillana ha visto reconocida su incapacidad permanente en grado de total tras un proceso administrativo que no ha tenido que resolverse ante los tribunales. La mujer desempeñaba el puesto de supervisora de negocio en una empresa de implantación nacional y sufría desde hace meses un proceso de incapacidad temporal especialmente prolongado, derivado de varias patologías, entre ellas la enfermedad de Kienböck.
La mujer estaba pendiente de intervención quirúrgica y recibía tratamiento analgésico de tercer escalón. Se le diagnosticó una limitación funcional en los movimientos que debía realizar con la muñeca derecha, su mano dominante, incompatible con las exigencias de su puesto habitual. La seguridad social se lo denegó en primera instancia, pero la dirección provincial decidió darle la razón a la mujer tras su recurso.
El abogado encargado del caso, Pablo Armijo Bidón, socio del despacho MDG Fincas I Jurídico y especialista en derecho laboral y seguridad social, explica que este tipo de procedimientos suele revestir de una especial complejidad y lentitud por la sobrecarga de la seguridad social. "Lo habitual es que desestime la solicitud de incapacidad permanente, ya sea mediante resolución expresa denegatoria o por silencio administrativo. Esto obliga al trabajador a litigar ante el Juzgado de lo Social", señala.
El letrado explica que este tipo de reclamaciones suelen ser lentas: "Desde que se presenta la demanda hasta que se celebra el juicio pueden transcurrir, en la práctica, entre dos y tres años", señala Armijo Bidón. Sin embargo, la reclamación previa presentada frente a la resolución inicial del INSS fue estimada íntegramente por la Dirección Provincial, sin necesidad de acudir a la vía judicial.

El abogado Pablo Armijo Bidón, socio de MDG Fincas I Jurídico. / Cedida
La resolución reconoce a la trabajadora una incapacidad permanente en grado de Total para su profesión habitual, derivada de enfermedad común, con una base reguladora de 2.019,18 euros mensuales y un porcentaje de pensión del 75 %, lo que se traduce en una prestación mensual en torno a los 1.500 euros, además de atrasos económicos correspondientes a los meses ya devengados que ascienden a aproximadamente 12.000 euros. La misma será revisada en 2028.
Armijo-Bidón recalca que "es una noticia que, además de la tranquilidad económica y vital que supone para la persona afectada, tiene un valor añadido: demuestra que cuando la vía administrativa previa se prepara con rigor, es posible obtener el reconocimiento del derecho sin necesidad de soportar la carga emocional, económica y temporal de un litigio. Esto es especialmente relevante para personas que ya arrastran enfermedades incapacitantes y para quienes la incertidumbre y la demora añaden un sufrimiento extra a una situación ya de por sí muy dura".
La enfermedad de Kienböck es una alteración de la muñeca en la que se pierde parte del riego sanguíneo del hueso semilunar. El mayor problema llega cuando compromete de forma relevante el uso de la mano dominante en profesiones que exigen un manejo continuado de la muñeca.
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