Tribunales
Un año de prisión para una mujer y su hijo por vender unas vacas que no eran suyas: el TSJA les rebaja 30.000 euros la indemnización a pagar
La sala de apelación recuerda que los incumplimientos del contrato "no justifica que procedieran a su venta como si fuese suyo"

Imagen de archivo de unas vacas. / GOBIERNO DE ASTURIAS - Archivo
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha confirmado la condena a un año de cárcel a una ganadera y su hijo por vender unas vacas que no le pertenecían. A pesar de ello, la sala ha rebajado en 30.000 euros la indemnización que deberán pagar por lo ocurrido, catalogado como un ilícito de apropiación indebida: de los 80.680 euros iniciales se ha quedado en 49.640 euros.
El relato de hechos probados recoge que los dos acusados, madre e hijo, gestionaban dos fincas con una explotación bovina, una de ellas en Aznalcóllar y otra en Sanlúcar la Mayor.
En 2017, la mujer cedió el aprovechamiento de pastos por ganado vacuno con un máximo de 80 сabezas de ganado. La persona que los alquiló llevó hasta allí un total de 41 vacas, tres de raza "cruzada" y 38 "limousine". En 2018, uno de los afectados pidió un cambio de titularidad de la finca, pero le hacía falta un papel acreditativo del dueño actual.
La acusada recibió en 2019 una comunicación de la Oficina Comarcal Agraria (OCA) de que había incumplido la realización de pruebas diagnósticas para investigar posible tuberculosis y brucelosis en los animales de bovino de su titularidad. Esto podría acarrearle multas de hasta 120.000 euros.
Ya en octubre, uno de los afectados envió un burofax al acusado para decirle que quería sacar de allí sus vacas. Casi un mes después, el acusado respondió al abogado que para sacar de la finca las vacas debía sanearlo. Esto no era posible al no estar actualizado el saneamiento de la explotación y no haberse dado de alta los 34 animales nacidos en 2019. Los afectados pidieron la actualización para poder llevarse de allí el ganado.
Finalmente, en diciembre de ese mismo año, "los acusados decidieron de común acuerdo, guiados por el propósito de obtener un ilícito enriquecimiento patrimonial, proceder a la venta de los animales a un tercero a sabiendas de que no eran de su propiedad y sin conocimiento ni consentimiento de su legítimo propietario". Cobraron 28.000 euros por los animales.
El TSJA ha recordado que los posibles incumplimientos de las obligaciones por parte de los arrendatarios "no pueden justificar que los acusados" primero "le apercibiesen de pérdida de propiedad del ganado y después procedieran a su venta como si fuese suyo". Eso sí, la sala ha estimado el recurso de los acusados y ha rebajado parcialmente la indemnización económica ya que la venta se frustró al "no poder gestionarse la salida y traslado de los bovinos".
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