Tribunales
La jueza descarta que el acusado de matar a un hombre en una pelea de tráfico en Los Remedios tuviera "intención de acabar con su vida"
"La muerte violenta se debió al traumatismo causado por la caída y golpe contra el suelo", fundamenta el auto que niega un homicidio doloso

Vídeo | Un herido por una agresión por una pelea de tráfico en Los Remedios
La plaza 5 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla ha descartado que la muerte de un hombre la pasada primavera en Los Remedios tras recibir un puñetazo por una discusión de tráfico se trate de un homicidio doloso. El caso, que iba a ser juzgado por un Jurado Popular, vuelve a su fase de Procedimiento Abreviado, una petición que ya había planteado en un recurso la defensa del acusado.
A través de un auto fechado el pasado 3 de julio y al que ha tenido acceso El Correo de Andalucía, la jueza Beatriz González Sánchez, titular del antiguo Juzgado de Instrucción 5, ha descartado tras las pruebas practicadas que el puñetazo dado por el acusado fuera lo que le causara la muerte a la víctima. "Las declaraciones de los testigos y, sobre todo, el informe de la autopsia, aportan indicios de que la muerte violenta se debió al traumatismo causado por la caída y golpe contra el suelo como consecuencia de un puñetazo propinado en zona no vital".
De esta manera, al no ser la muerte "consecuencia de traumatismos posteriores", le hace "descartar la intención por parte de éste de acabar con la vida de la víctima, aún cuando ese resultado pudiera haber sido previsto teniendo en cuenta la desproporción de complexión física y fuerza de uno y otro, dato en el que coinciden absolutamente todos los testigos".
La jueza descarta por tanto que estos hechos puedan ser considerados "dentro de un homicidio doloso". "En atención a esta nueva información incorporada al procedimiento, procede reconsiderar la adecuación de la tramitación de las presentes al procedimiento legalmente previsto", fundamenta el auto.
La familia de la víctima recurrirá esta decisión
La acusación particular ejercida por la familia de la víctima a través del abogado José Antonio Sires ha mostrado su discrepancia con esta decisión. Entiende esta defensa que "la resolución realiza una valoración anticipada de la prueba practicada durante la instrucción que corresponde efectuar, en su caso, al órgano de enjuiciamiento tras la celebración del juicio oral".
Esta parte cree que las diligencias practicadas hasta el momento no permiten excluir la posible existencia de un delito de homicidio doloso. "Al contrario, siguen existiendo elementos indiciarios cuya valoración definitiva debe realizarse con todas las garantías procesales, mediante la práctica de la prueba en el acto del juicio".
A través de una nota de prensa, apunta la acusación que el hecho de que el fallecimiento se produjera tras la caída de la víctima a causa del puñetazo no descarta per se que fuera una homicidio doloso. "La determinación de si existió dolo eventual constituye una cuestión compleja que exige valorar conjuntamente todas las circunstancias concurrentes y que, a juicio de esta parte, no puede quedar definitivamente descartada durante la fase de instrucción".
En este sentido, han anunciado la presentación de un recurso de apelación para mantener que la competencia debe ser del Tribunal del Jurado. Mantendrán esta decisión "mientras existan indicios racionales compatibles con la comisión de un delito cuya atribución corresponda a dicho órgano jurisdiccional".
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