La Guardia Civil activa esta semana controles de velocidad en carreteras de Sevilla: se estiman más de 1.800 multas
El refuerzo de la vigilancia se prolongará hasta el próximo nueve de agosto y el año pasado se cerró con 1.800 conductores sancionados

Archivo - Agente de la Guardia Civil de Tráfico / El Correo

La Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil en Sevilla desarrolla esta primera semana de agosto, desde el lunes 3 al domingo 9, una campaña especial de vigilancia de la velocidad en las carreteras de la provincia de Sevilla. El año pasado controló a más de 33.000 conductores y 1.815 fueron sancionados.
Los controles de la primera semana de agosto de 2025 se realizaron tanto en carreteras convencionales como en autopistas y autovías, con una incidencia superior en estas últimas, cuando se realizaron el 52,7% de las inspecciones.
Aun así, fueron 1.271 los conductores denunciados en vías ordinarias frente a 544 en las autovías. Ninguno fue acusado de un delito contra la seguridad vial que, según el Código Penal, se produce cuando se excede en más de 80 kilómetros el límite de velocidad.
El subdelegado del Gobierno de España en Sevilla, Francisco Toscano, ha destacado la especial importancia que en estas fechas tiene una conducción responsable. “Durante las vacaciones, el tráfico aumenta hacia los destinos turísticos y se mantiene una actitud más relajada, pero un despiste o el exceso de confianza y velocidad pueden convertir el verano en una tragedia”.
“El exceso de velocidad o una velocidad inadecuada están directamente relacionados con un 20% de los accidentes con víctimas. Y cuando el siniestro se produce, no es lo mismo circular a 50 kilómetros por hora que hacerlo a más de 100. Un choque a 120 equivale a caer desde un piso 14 y un atropello a esa velocidad implica con casi toda seguridad la muerte del peatón”, ha indicado Francisco Toscano.
La normativa de circulación
El Reglamento General de Circulación establece que, para turismos y motocicletas, la velocidad máxima que no debe ser rebasada es 90 kilómetros por hora en vías convencionales y 120 en autopista o autovía.
Del mismo modo, circular en la autopista o autovía a una velocidad anormalmente reducida supone un riesgo y se debe abandonar esa vía por la primera salida disponible. El reglamento señala que está prohibido conducir en autopistas y autovías por debajo de 60 kilómetros por hora.
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