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SEGURIDAD

Máxima alerta de la Guardia Civil por el peligro de las tarjetas-navaja: te pueden costar 30.000 euros de multa

La Benemérita avisa a la población sobre este nuevo objeto que puede ser "especialmente peligroso" y que está prohibido

La Guardia Civil avisa del peligro de las tarjetas-navaja que pueden suponer multas de hasta 30.000 euros

La Guardia Civil avisa del peligro de las tarjetas-navaja que pueden suponer multas de hasta 30.000 euros / Guardia Civil

Sarai Bausán García

Sarai Bausán García

La adquisición de objetos y pequeñas armas de autodefensa se ha multiplicado en los últimos años ante el aumento de la criminalidad y la facilidad para el acceso a este tipo de herramientas a través de un gran número de páginas web. Sin embargo, no todas ellas son legales ni se pueden portar o utilizar, lo que ha hecho que la Guardia Civil haya lanzado un aviso a la ciudadanía ante el aumento del uso de una de estas armas, las tarjetas-navaja.

A simple vista, este objeto tiene el aspecto inofensivo de cualquier otra tarjeta. Mismo tamaño, misma forma, aunque de un grosor algo mayor. Pero en su interior esconde una navaja que, en tres movimientos, convierte este útil en un arma blanca. "Es un arma prohibida, por lo que es especialmente peligrosa", explica la Guardia Civil al respecto.

Tal y como señalan desde la Benemérita, el "simple hecho" de que sea un arma que tiene su hoja oculta ya la convierte en prohibida, por lo que no se puede utilizar como método de autodefensa. Además, las personas que la porten pueden enfrentarse a multas que pueden alcanzar los 30.000 euros.

Un cuchillo de cinco centímetros en una tarjeta

"Se transforma en un arma blanca en tres movimientos y pasa a ser un cuchillo de unos 5 centímetros. Es un arma prohibida al ser un instrumento especialmente peligroso para la integridad física de las personas", indica la Guardia Civil sobre esta herramienta que se vende en la web como un objeto dirigido principalmente a actividades de naturaleza y aventura.

La prohibición de contar con este tipo de instrumentos se plasma en el artículo 36.10 de la Ley de Seguridad Ciudadana, que explica que se considera una infracción grave "portar, exhibir o usar armas prohibidas, así como portar, exhibir o usar armas de modo negligente, temerario o intimidatorio, o fuera de los lugares habilitados para su uso, aún cuando en este último caso se tuviera licencia, siempre que dichas conductas no constituyan infracción penal".

Para las infracciones graves, el reglamento comprende multas que pueden oscilar entre los 601 en los casos más leves hasta un máximo de 30.000 euros en los más graves.

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