ECONOMÍA
Buenas noticias para los autónomos: si trabajas en alguna de estas actividades, no tendrás que declarar el IVA en 2025
La Agencia Tributaria ha determinado que estos sectores estarán exentos en este próximo año

Estos son los profesionales que están exentos de declarar el IVA este año. / AGUSTÍ SALA| Eduardo Parra / Europa Press
Los autónomos tenían la esperanza de que para este 2025 se aprobara la posibilidad de eximir del IVA a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales, como ya se ha puesto en marcha en otros países de la Unión Europea. Sin embargo, las negociaciones siguen bloqueadas en este país y, por el momento, no es una realidad. A pesar de ello, un gran número de autónomos podrán librarse de declarar el IVA e incluir este impuesto en su factura en este año por el sector en el que desempeñan su actividad.
Así lo ha dado a conocer la Agencia Tributaria, que ha publicado un listado con los emprendedores que no están obligados a presentar sus autoliquidaciones de este impuesto ni a incluirlo en sus precios. Los sectores que se benefician de esta iniciativa son, principalmente, el sanitario, educativo, artístico y financiero.
De ese modo, los autónomos que presten servicios médicos y sanitarios no tendrán que declarar el IVA. Pero no todos los profesionales de este sector podrán disfrutar de esta medida, sino que afectará solo a aquellos que se dediquen a la prevención, diagnóstico o tratamiento de enfermedades, lo que incluye a médicos y enfermeros, psicólogos clínicos, fisioterapeutas y podólogos, logopedas, ópticos y optometristas; farmacéuticos, odontólogos y protésicos dentales; y los especialistas en nutrición y dietética.
A estos se suman aquellos que lleven a cabo el transporte de enfermos en ambulancia, mientras que sí deberán aplicar el IVA aquellos que se dediquen a la estética y el bienestar sin finalidad médica, como son masajistas, profesionales de acupuntura o la depilación láser.
Los autónomos dedicados a la educación, exentos del IVA
En cuanto al sector de la educación, la Agencia Tributaria asegura que estarán exentos del IVA los autónomos que impartan cursos oficiales reconocidos por el Ministerio de Educación, como son los profesionales de Educación infantil, primaria y secundaria, Formación profesional y reciclaje laboral; preparación de oposiciones, clases de idiomas, música y preparación de oposiciones; y la enseñanza online incluida en planes oficiales.
En cambio, si la actividad no forma parte de la considerada como formación reglada, como podrían ser los cursos de autoescuela, deberán declarar el IVA.
Por su parte, las actividades de seguros y productos financieros también estarán exentos del IVA, como son los autónomos dedicados a la contratación de seguros, la concesión de préstamos o la compraventa de acciones o divisas.
Entre los profesionales que se benefician de esta excepción del IVA también se encuentran los dedicados al sector cultural y a la creación de obras literarias, artísticas o científicas; como los escritores, los ilustradores y los fotógrafos que colaboren con medios de comunicación. En cambio, los artistas, actores, músicos y técnicos sí tendrán que pagar el IVA.
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