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RENTA

Hacienda lo confirma: esto es lo que no debes olvidar al hacer tu declaración de la Renta o te costará 3.000 euros

El plazo para presentar los documentos necesarios para rendir cuentas con el fisco arranca el próximo 2 de abril de forma telemática

La Agencia Tributaria avisa de lo que deben estar atentos los contribuyentes para no enfrentarse a multas de 3.000 euros.

La Agencia Tributaria avisa de lo que deben estar atentos los contribuyentes para no enfrentarse a multas de 3.000 euros. / Levante-EMV

La campaña de la declaración de la Renta 2024-2025 arrancará el próximo 2 de abril de forma telemática, a lo que seguirá el 6 de mayo para quien prefiere llevarla a cabo por teléfono y el 2 de junio para la forma presencial a través de las oficinas de la Agencia Tributaria, unos plazos que acabarán el 30 de junio. Con estas fechas tan cercanas en el tiempo, los contribuyentes ya se han puesto manos a la obra para recabar los documentos e informaciones necesarias para rendir cuentas al fisco, unos trámites que deberán hacer con especial cuidado para no incurrir en errores que le puedan ocasionar cuantiosas multas.

Y entre estos fallos que deberán evitar a toda costa destaca la comunicación errónea del domicilio fiscal, que puede ocasionar multas de hasta 3.000 euros si no se realiza de forma correcta. Así lo confirma la propia Agencia Tributaria, que asegura que la presentación de información fraudulenta o inexacta en la declaración de la Renta puede suponer este tipo de sanciones. Sin embargo, en los casos más leves, la Ley General Tributaria 58/2003 establece sanciones de 250 euros "si se presentan declaraciones incompletas, inexactas o con datos falsos".

Tal y como señala la Agencia Tributaria, el domicilio fiscal es la residencia habitual o el lugar concreto en el que la administración debe localizarte y puede enviarte las notificaciones. Para modificarlo, los contribuyentes tienen la obligación de hacerlo en el plazo de tres mesesdesde que se produce el cambio. "Debes hacerlo si no formas parte del Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores a través del modelo censal 030", indica la institución.

Sin embargo, el organismo deja claro que, si antes de esos tres meses acaba el plazo para la declaración de la Renta, el contribuyente está obligado a comunicar el cambio de domicilio fiscal al presentar esta declaración.

"Si el cambio de domicilio afecta a ambos cónyuges, pueden realizarlo en un único modelo censal 030 firmado por cada uno de ellos", indica al respecto.

Tal y como afirma la Ley General Tributaria, se entiende por domicilio fiscal el lugar en el que tengan su residencia habitual las personas físicas, así como la dirección en el que esté centralizada la gestión administrativa y los negocios de las personas jurídicas.

"Los obligados tributarios deberán comunicar su domicilio fiscal y el cambio del mismo a la Administración tributaria que corresponda, en la forma y en los términos que se establezcan reglamentariamente", recalca la Agencia Tributaria. Además, avisa de que cada administración podrá comprobar y rectificar el domicilio fiscal cuya gestión le competa y que los contribuyentes podrán enfrentarse a una multa de 3.000 euros si no facilitan la información exigida en el plazo concedido tras un primer requerimiento de la administración.

Cómo modificar el domicilio fiscal

La importancia de tener el domicilio fiscal en regla radica en que permite establecer la comunidad autónoma o el país en el que pagan los impuestos los contribuyentes, lo que puede afectar a las deducciones y beneficios fiscales, así como a las normativas fiscales a las que se deba ceñir. Asimismo, permite evitar posibles fraudes a la hora de declarar sus impuestos y garantizar que cada contribuyente tribute en el lugar y régimen que le corresponda.

Para comunicar un cambio en el domicilio fiscal, la Agencia Tributaria explica que se debe llevar a cabo a través del modelo censal 030. Además, si el ciudadano dispone de Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico, puede consultar su último domicilio fiscal y modificarlo a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, en el apartado "Mis datos censales".

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