Violencia de género
El juzgado denegó la orden de alejamiento a Catalina tras ser valorado su caso como 'riesgo medio'
El nivel que el sistema Viogén asignó a la denuncia de la mujer asesinada en Benalmádena está por debajo de los que sí aplican medidas de protección vinculadas a esa medida cautelar

Vivienda en la que ocurrieron los hechos. / EFE
Jose Torres
El Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 3 de Málaga denegó la orden de alejamiento solicitada por Catalina, la mujer presuntamente asesinada por su pareja en Benalmádena, al considerar que no concurrían los presupuestos exigidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para estos casos. Según han explicado hoy fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la víctima presentó el 21 de enero la primera denuncia contra su agresor por "amenazas, coacciones y vejaciones leves", aunque ella aseguró que no había sido maltratada físicamente, que "únicamente le levantó la mano sin llegar a golpearla".
Con esa información, el Sistema Viogén asignó a la situación de la víctima el nivel de riesgo medio (existen el 'no apreciado', 'bajo', 'medio', 'alto' o 'extremo'), cuyas medidas de protección no trabajan sobre el supuesto de las órdenes de alejamiento que sí abordan el nivel alto y extremo. Las fuentes han indicado que, aunque Catalina pidió esa orden, la juez no adoptó la medida al considerar que no concurrían en el caso los presupuestos exigidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para estos casos. De hecho, la valoración del riesgo para la mujer era medio ya que las circunstancias del caso no eran de riesgo alto". El procedimiento derivó en un juicio rápido que se señaló en el Juzgado de lo Penal número 12, también en la capital.
Medidas del riesgo medio
Según el programa Viogén , el riesgo medio implica como medidas obligatorias: la vigilancia ocasional y aleatoria en domicilio y lugar de trabajo de la víctima; la comprobación periódica del cumplimiento por el agresor entrada/salida de los centros escolares de los hijos; acompañarla en actuaciones de carácter judicial, asistencial o administrativo, cuando se considere que puede existir algún tipo de riesgo para ella; entrevista personal con la víctima por el responsable o por personal de la unidad policial encargada de su protección; e informar a la víctima sobre las recomendaciones que, para este nivel de riesgo, se establecen en el diseño del Plan de Seguridad.
Como medidas complementarias, el programa aconseja la comprobación periódica del cumplimiento de las de las medidas judiciales de protección; entrevista con personal de Servicios Asistenciales que atienden a la víctima/puntos de atención municipal, para identificar otros modos efectivos de protección; o el traslado de la víctima para ingreso en un centro de acogida. Desde el TSJA han precisado que la fallecida y el presunto autor de su muerte mantenían una relación matrimonial desde hacía 11 años, fruto de la cual tuvieron tres hijos, todos menores de edad. Ella tenía un cuarto hijo nacido en 2006 de una relación anterior.
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