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Sucesos

Condenan a 20 años a la pareja de la reportera de Huelva por su atropello mortal: el jurado confirma que hubo intención

Los hechos ocurrieron en junio de 2021

Imagen en sala del primer día del juicio por la muerte por atropello de la reportera gráfica de Huelva.

Imagen en sala del primer día del juicio por la muerte por atropello de la reportera gráfica de Huelva. / EUROPA PRESS

El Correo

El Correo

El jurado popular ha declarado este martes, por unanimidad, culpable de asesinato con agravante de parentesco a M.Q.S., acusado del atropello mortal ocurrido en Marmolejo (Jaén) en junio de 2021, en el que murió la reportera gráfica onubense Alicia Rodríguez, su pareja entonces. El acusado afrontaba penas de prisión de entre dos y 28 años, según las distintas calificaciones jurídicas —desde homicidio imprudente hasta asesinato con agravante—.

En el juicio, además del Ministerio Fiscal y la acusación particular, estaban personados como acusación popular el Ayuntamiento de Huelva, que reclamaba 25 años de cárcel por un delito de asesinato con parentesco, y la Junta de Andalucía, que solicitaba 15 años al considerarlo un homicidio doloso con el citado agravante añadido en sus conclusiones finales.

De este modo, el jurado popular ha considerado que los hechos constituyen un asesinato y que concurre el agravante de parentesco, uno de los puntos clave del proceso. La defensa ha pedido imponer la pena mínima posible, mientras que Fiscalía ha solicitado 20 años y un día de prisión.

Según declararon en testifical los agentes de la Guardia Civil que llegaron primero al lugar, el acusado estaba "nervioso y alterado", y uno de ellos añadió que incluso mostraba una actitud "agresiva". También afirmaron que la noche era "oscura" y que el cuerpo de la víctima se encontraba "en medio del coche", totalmente plegado y atrapado, con la pierna derecha flexionada en V hacia la parte delantera.

Además, los agentes relataron que, al llegar, comprobaron que la víctima "no tenía pulso" y tuvieron que sacarla de debajo del vehículo levantándolo con un gato, ya que estaba completamente atrapada. Al mismo tiempo precisaron que el terreno era "relativamente llano" y no presentaba desniveles significativos.

Por su parte, el agente del Subsector de Tráfico de Jaén encargado de la inspección ocular y del atestado inicial señaló que, según la investigación, "tuvo que haber intención de pisar el acelerador" para sobrepasar el cuerpo. Añadió que se hallaron huellas de "fricción" en línea recta y hacia adelante, sin maniobras de esquiva, lo que evidenciaba un movimiento intencionado del vehículo.

Del mismo modo, indicó que si el coche hubiera girado, las lesiones habrían sido menores, y que, por la distancia entre el chasis y el suelo, "no cabía una persona" bajo el vehículo. También explicó que se realizó una prueba colocando una furgoneta en punto muerto, comprobando que, con la inclinación del terreno, el vehículo se detenía si encontraba un obstáculo humano delante, por lo que concluyó que el coche solo pudo avanzar mediante aceleración.

Informe de la ERAT

Los agentes del Equipo de Reconstrucción de Accidentes de Tráfico (ERAT) declararon que el coche de M.Q.S. "no presentaba fallos mecánicos", incluidos los sistemas de seguridad activa y sus sensores acústicos, y aseguraron que "no había posibilidad" de que avanzara sin quitar el freno de mano. Ratificaron las conclusiones del informe emitido tras la reconstrucción.

La prueba de reconstrucción incluyó maniobras hacia atrás y hacia adelante, donde los sensores traseros y delanteros emitieron un "pitido fijo" incluso con la radio a máximo volumen, lo que descartaría la alegación del acusado sobre no haber escuchado advertencias.

En cuanto al terreno, lo describieron como "rural y llano", con piedras pequeñas y hojarasca. Añadieron que un pequeño resalto propició una mayor presión sobre el cuerpo de Alicia Rodríguez, reduciendo el espacio disponible bajo el vehículo —un Opel Insignia de 19 centímetros de altura desde el cárter al suelo—.

Sobre la visibilidad, realizaron pruebas con una agente que reproducía la postura estimada de la víctima, comprobando que parte de la cabeza era visible desde el interior del coche.

Los peritos explicaron que para que se produjeran las lesiones por aplastamiento descritas en el informe forense tuvo que haber una aceleración acompañada de un parón y uso del embrague, lo que permitió al vehículo sobrepasar el cuerpo y atraparlo en los bajos. Añadieron que el coche retrocedía y volvía a embestir al no lograr superar el “objeto” en el primer intento.

Subrayaron que la gravedad de las lesiones se debió al "contacto sostenido" y al tiempo que la víctima permaneció bajo el vehículo, no a la velocidad. Las pruebas se realizaron sobre un radio de seis metros, tomando como referencia las huellas de fricción, el vómito encontrado y la posición final del coche y el cuerpo.

También explicaron que el desplazamiento fue de 5,4 metros y que las huellas mostraban que las ruedas estaban elevadas por el lado derecho, con fricción en el izquierdo, lo que revelaba que había un objeto que impedía el avance.

Versiones incoherentes

Un agente de la Policía Judicial de la Guardia Civil declaró que las versiones de M.Q.S. eran "incoherentes", motivo por el que, sumado a las pruebas, se procedió a su detención, pues consideraban imposible que el coche se hubiera movido solo.

En su declaración en sala, el acusado afirmó que no vio a la víctima "en ningún momento" y que no notó ningún obstáculo distinto a las irregularidades propias del terreno. Insistió en que no escuchó "ningún pitido" de los sensores, únicamente el aviso de la puerta abierta.

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