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VIOLENCIA SEXUAL

Lo condenan a cuatro años de cárcel por agredir sexualmente a dos niñas amigas de sus hijos en Murcia y no entra en prisión

El procesado, de 40 años, admite que efectuó tocamientos a las menores cuando se encontraban en un sofá de su domicilio con sus hijos

Archivo - Imagen de archivo de un agente de la Guardia Civil, de espaldas, de pie junto a un vehículo oficial.

Archivo - Imagen de archivo de un agente de la Guardia Civil, de espaldas, de pie junto a un vehículo oficial. / Guardia Civil

La Audiencia Provincial de Murcia ha condenado a penas que suman cuatro años de cárcel (aunque no entrará en penal alguno) a un hombre, que ahora tiene 40 años, que admitió en el juicio que agredió sexualmente a dos amigas de sus hijos cuando tenían 10 y 11 años.

Ocurrió en 2018, en un pueblo de la comarca del Bajo Guadalentín. Tal y como se lee en el relato de hechos probados de la sentencia, el hombre, un sujeto originario de Bolivia y sin antecedentes penales, "se encontraba en su domicilio, donde también estaban las tres menores amigas de sus hijos sentadas en el sofá, jugando con el teléfono, cuando él se acercó a ellas y se sentó en el brazo del sofá".

Fue entonces cuando se aproximó a una de las niñas, que tenía 11 años, "y le comenzó a realizar tocamientos por debajo de la ropa en la parte superior de su cuerpo, incluyendo los pechos".

"A continuación, con idéntica intención, tocó a otra niña, que tenía 10 años de edad en el momento de los hechos, por encima de la ropa", apunta el documento judicial.

Las menores lo contaron, el asunto pasó a la Guardia Civil y al poco y el caso se judicializó en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Totana. Después, pasó a la Audiencia, que fijó la vista para octubre de 2025.

El sujeto llegó al juicio por su propio pie, dado que se encontraba en libertad con cargos. De hecho, nunca estuvo privado de la misma. La vista se despachó con un pacto en virtud del cual el individuo admitía los delitos que se le imputaban y no pisaba la cárcel. Así lo hizo.

Recoge la sentencia que el procesado no podrá acercarse a menos de 200 metros de las menores por un tiempo de seis años y tendrá que indemnizar a cada una d ellas con 2.000 euros por los daños morales causados.

La Sala acordó dejar en suspenso la pena privativa de libertad durante un lustro con la condición de que durante ese tiempo el hombre no vuelva a cometer delito alguno, especialmente, contra la libertad sexual; también tendrá que abonar las indemnizaciones a las niñas.

Además, ha de pagar una multa de 1.200 euros, que podrá satisfacer en plazos mensuales de 50 euros cada uno. La sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.

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