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Un juzgado de Sevilla investiga a un diputado y a un exconsejero socialistas por el aval concedido a Pickman La Cartuja

El auto será notificado a Gaspar Llanes, aforado por ser parlamentario andaluz, e indagará sobre presuntos delitos de prevaricación y malversación a otras 21 personas

Gaspar Llanes.

Gaspar Llanes. / Europa Press

Domingo Díaz

Domingo Díaz

El Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla investiga la participación de Gaspar Llanes Díaz-Salazar, parlamentario andaluz del PSOE, el exconsejero de Innovación, Francisco Vallejo, y otras 20 personas en una pieza separada de los avales de IDEA por la ayuda de 1,3 millones de euros concedida por la Junta de Andalucía a Pickman La Cartuja. El auto le será notificado a Llanes, que al ser aforado se podrá personar en la causa "en el modo y forma que considere procedente", por lo que elegirá si declara voluntariamente. Entre los imputados también está Jesús María Rodríguez Román, ex viceconsejero de Innovación y ex alcalde de Estepa.

El juez, José Ignacio Vilaplana, ha acordado igualmente la prórroga de la instrucción otros seis meses, hasta el próximo 21 de junio. Durante este plazo, tomará declaración a siete testigos (seis acudirán el 11 de marzo y la séptima el 18) y a los 21 investigados de la causa. Vallejo y Rodríguez tendrán que presentarse ante Vilaplana el 18 de marzo a las 11 horas y a las 11.30 horas, respectivamente. El juez ha realizado más citaciones al resto de imputados para los días 24 y 25 de marzo y 7 de abril.

La causa indaga si hubo criminalidad en el aval de la Agencia IDEA a Pickman La Cartuja de Sevilla S. A. por valor de 1.300.000 euros. Concretamente, se estudia si los participantes en la concesión de la ayuda podrían haber cometido un delito de prevaricación y malversación.

El caso aún no irá al TSJA

En caso de que finalmente Llanes sea catalogado como investigado en el caso, la causa se elevaría al TSJA. El instructor señala que "sin perjuicio de su posterior acreditación en forma, la condición de aforado" del socialista "no habría de determinar, en el presente estadio procesal, que el Juzgado tenga que remitir testimonio de la causa y elevar la correspondiente exposición razonada al TSJA", pues "resulta pertinente continuar con la práctica de diligencias (al menos, las pendientes de recepcionar y las que se acuerdan en la presente resolución), a fin de depurar la instrucción jurisdiccional y concretar los indicios de criminalidad que pudieran existir frente a dicho aforado".

Vilaplana explica que "cuando un órgano jurisdiccional conoce de unos hechos de los que se pudiera derivar responsabilidad penal para varias personas, y, entre ellas, figura una persona aforada, no debe abstenerse sin más de realizar cualquier investigación con respecto a esta última".

"El juez instructor debe practicar aquellas diligencias que le permitan individualizar de forma precisa la acción concreta que respecto de ese aforado pudiera ser constitutiva de delito, expresando los indicios incriminatorios que pudieran servir de apoyo a tal imputación y que serán los que se reflejarán en la exposición razonada que dirija a la Sala del Tribunal Superior", explica Vilaplanas.

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