Saltar al contenido principalSaltar al pie de página

Tribunales

Un hombre fabricaba munición para armas de guerra usadas por la OTAN en su casa de Sevilla: le piden 7 años de cárcel

Además, también hacía de manera casera silenciadores para este tipo de armas largas

Soldados británicos durane una patrulla en Rumanía en las maniogras Steadfast Dart de 2025. En el brazo, el escudo de la Fuerza Aliada de Reacción (ARF) de la OTAN

Soldados británicos durane una patrulla en Rumanía en las maniogras Steadfast Dart de 2025. En el brazo, el escudo de la Fuerza Aliada de Reacción (ARF) de la OTAN / NATO

Domingo Díaz

Domingo Díaz

Fabricación casera de silenciadores y munición de armas de guerra, por ejemplo de la que usan los rifles de asalto utilizados por los miembros de la OTAN. A eso se dedicaba un hombre en Sevilla, según la Fiscalía, después de que las fuerzas de seguridad encontraran más de 200 cartuchos en el registro de su vivienda y la nave contigua en la provincia hispalense. La sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla juzgará al varón este 23 de marzo -el juicio se aplazó el julio pasado- y el Ministerio Público pide para él siete años de cárcel.

El escrito de acusación recoge que el varón llevaba dedicándose a la fabricación de munición y silenciadores al menos durante varios meses previos a enero de 2023. El día 14 de febrero de 2023 se entró a su domicilio y se encontró distinta munición. Además, él carecía del permiso de armas largas. Su mujer sí lo tenía, pero no para utilizar las que portan el tipo de balas encontradas.

Durante el registro de su casa se encontraron un cartucho metálico para arma larga del calibre 7,62 × 51 -munición de guerra prohibida para el uso particular-; 19 vainas metálicas empistonadas para arma larga del calibre ya mencionado; 198 cartuchos metálicos completos para arma larga de diversos calibres, tales como 308, 243, 222, 30.06.22, 22LR o 7 mm; y 9 vainas metálicas empistonadas para arma larga de varios calibres.

Además, durante la entrada los agentes localizaron 324 gramos de pólvora y 41 unidades de pistones para cartuchería. Cierto es que el artículo 104 del reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería establece que se podrá tener almacenados hasta 1 kg de pólvora, 100 unidades de vainas con pistón y 100 pistones. El único requisito para ello es estar en posesión de la licencia de armas, algo de lo que el acusado carecía.

En este sentido, también se intervino una máquina para la recarga de cartuchería no automática, 6 “dies”, una báscula y elementos medidores, 1012 vainas metálicas para cartuchería de arma larga de varios calibres y 372 puntas de balas metálicas. La Fiscalía explica que "para estas dos últimas no existen restricciones en cuanto a su tenencia, pero unido a todo lo demás evidencian que se utilizaban para la recarga de cartuchería". Y, en consecuencia, "según el artículo 2 del reglamento de armas se entiende por fabricación ilícita la fabricación o el montaje de armas de fuego y municiones sin tener autorización concedida por autoridad competente".

El delito de fabricación de municiones de guerra

El ministerio público acusa al varón de un delito de fabricación de municiones de guerra del artículo 566. 1. 1º) del Código Penal en concepto de autor. Además, no concurren circunstancias modificativas de la responsabilidad penal.

Cabe apuntar que el artículo 566. 1. 1º) del Código Penal señala: "Los que fabriquen, comercialicen o establezcan depósitos de armas o municiones no autorizados por las leyes o la autoridad competente serán castigados: 1.º Si se trata de armas o municiones de guerra o de armas químicas, biológicas, nucleares o radiológicas o de minas antipersonas o municiones en racimo, con la pena de prisión de cinco a diez años los promotores y organizadores, y con la de prisión de tres a cinco años los que hayan cooperado a su formación".

Tracking Pixel Contents