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SECTOR INMOBILIARIO

El Gobierno pretende obligar a los caseros a indemnizar con un año de alquiler al inquilino si se incumple la prórroga automática

La medida impulsada por Sumar y que se recoge en el segundo de los decretos-ley establece prórrogas automáticas de cinco años y eleva a seis meses el preaviso del propietario. Este segundo de los dos decretos de vivienda aprobados por el Consejo de Ministros llega al Congreso sin los apoyos necesarios para ser convalidado

Ernest Urtasun, Yolanda Díaz, Pablo Bustinduy, Mónica García y Sira Rego en declaraciones a los medios este martes.

Ernest Urtasun, Yolanda Díaz, Pablo Bustinduy, Mónica García y Sira Rego en declaraciones a los medios este martes. / Gustavo Valiente (EP)

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Madrid

El Gobierno quiere cambiar de raíz la renovación de los contratos de alquiler. El segundo real decreto-ley de vivienda —que previsiblemente se publicará en el BOE el jueves— establece que, agotados los cinco años mínimos de un contrato de alquiler (o siete si el propietario es una empresa), el arrendamiento se prorrogará automáticamente por otros cinco o siete años. Si el casero decide no renovar, deberá avisar con seis meses de antelación e indemnizar al inquilino con al menos doce mensualidades de una vivienda similar, según el texto al que ha accedido EL PERIÓDICO.

La medida forma parte del segundo de los dos decretos de vivienda aprobados por el Gobierno, el impulsado especialmente por Sumar y que concentra las medidas más difíciles de encajar entre los socios parlamentarios. Ambos textos deberán ser convalidados este viernes en un pleno extraordinario del Congreso de los Diputados, pero este segundo llega con pocos visos de acuerdo: Junts ha confirmado su rechazo y Podemos mantiene objeciones, por lo que el Ejecutivo continúa negociando contrarreloj.

Mientras que el primer decreto con medidas de vivienda está registrado bajo el Ministerio de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, este segundo nace en el Ministerio de Derechos Sociales y Consumo, que lidera Pablo Bustinduy. El ministro se mostró optimista con la posibilidad de que esta segunda norma también pueda ser convalidado por las Cortes, a la vez consciente de la dificultad de este reto.

¿Cuál será la indemnización?

La indemnización no se calculará necesariamente sobre la renta que esté pagando en ese momento el inquilino. El decreto establece que equivaldrá, como mínimo, a doce mensualidades de una vivienda de características análogas y que, siempre que sea posible, se utilizará para determinarla el sistema estatal de referencia de precios del alquiler. Introduce además un segundo suelo: la compensación nunca podrá ser inferior a una mensualidad por cada año que el arrendatario haya residido en la vivienda. Esto significa que en contratos especialmente longevos la indemnización podría superar esas doce mensualidades. El dinero deberá abonarse en el momento en que el inquilino entregue la vivienda.

Habrá excepciones

El texto incorpora una batería de excepciones que permitirán al propietario recuperar el inmueble sin pagar esa compensación. Entre ellas figura que el casero, si es una persona física, necesite la vivienda como residencia permanente para él, su cónyuge en determinados supuestos o familiares hasta segundo grado. También quedará exento cuando el inquilino no haya residido efectivamente en el piso durante más de seis de los doce meses anteriores (salvo causas justificadas), cuando disponga de otra vivienda apta en el mismo municipio o cuando ambas partes firmen un nuevo contrato. Si el propietario alega que necesita la casa para sí o su familia y finalmente no es ocupada en tres meses, el inquilino recuperará el derecho a ser indemnizado.

Afectará a los contratos ya firmados

Uno de los aspectos de mayor alcance de la reforma es que no se limitará a los nuevos contratos. El régimen se aplicará también a los alquileres de vivienda habitual que estén vigentes cuando la norma entre en vigor, aunque únicamente respecto de los vencimientos que se produzcan a partir de entonces. Los contratos que ya se encuentren dentro de los tres años de prórroga actualmente previstos en la ley terminarán ese periodo bajo las reglas anteriores y pasarán después al nuevo sistema.

El Gobierno justifica precisamente la urgencia de la reforma por la oleada de contratos que afrontará sus vencimientos durante los próximos años. La memoria que acompaña al decreto estima, a partir de microdatos fiscales del Panel de Hogares, que en 2021 se formalizaron unos 632.000 contratos que cumplen su plazo mínimo durante 2026 y otros 405.000 en 2022 que lo harán en 2027. Esto se traduce en que se podrían ver beneficiados de la medida cerca de 2,6 millones de personas.

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Fuente: El Periódico

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